El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha condenado a España por no investigar una denuncia de torturas presentada por el preso Jon Patxi Arratibel, detenido en enero del 2011. El fallo, aprobado este martes por unanimidad, señala que el Estado español ha infringido el tercer artículo del Convenio Europeo de Derechos Humanos, ya que no se realizaron pesquisas "a fondo" ni de forma "efectiva".

Arratibel fue detenido por la Guardia Civil en su domicilio de Etxarri-Aranatz, acusado de formar parte de la organización Ekin. Cuando quedó en libertad un año y medio después denunció torturas físicas y psicológicas durante los días que estuvo incomunicado, por lo que solicitó copias de los informes de los médicos forenses que le examinaron, las grabaciones de las cámaras de seguridad y una audición con los agentes que le custodiaron. Entre otras prácticas, aseguró que fue obligado a hacer flexiones con los tobillos atados, fue desnudado con amenazas de colocación de electrodos en los testículos y su pene fue introducido en una botella de plástico llena de agua.

Después de que el juez de Instrucción número tres de Pamplona, la Audiencia Provincial de Navarra y el Tribunal Constitucional rechazaran los respectivos recursos de Arratibel, fue el Observatorio Vasco de Derechos Humanos Behatokia el que trasladó el caso a Estrasburgo.

AUSENCIA TOTAL DE COMUNICACIÓN

La sentencia recoge que la ausencia total de comunicación del detenido con el exterior exige "un esfuerzo más importante por parte de las autoridades nacionales para determinar los hechos denunciados", por lo que destaca que es preciso aplicar de forma rigurosa las medidas de vigilancia apropiadas para "evitar los abusos y proteger la integridad física de los detenidos".

Existen precedentes de condenas similares. En octubre del pasado año, España ya fue condenada por Estrasburgo por no investigar los casos de tortura Beatriz Etxebarria y Oihan Ataun. Entonces, el tribunal europeo señaló que en ambos casos "las investigaciones efectivas que se imponían por la situación de vulnerabilidad de los demandantes en detención incomunicada no tuvieron lugar". Al igual que en el caso de Arratibel, el fallo fue aprobado por unanimidad. En aquella sentencia se incluía una indemnización de 25.000 euros por daños morales y 4.000 por honorarios para Etxebarria, y 20.000 euros por daños morales y 4.000 euros por costes para Ataun.