La Abogacía del Estado presentó un recurso ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 7, encargado hasta el momento de dirimir si la entrega de la medalla de oro al Mérito Policial a Nuestra Señora María Santísima del Amor atenta contra el principio constitucional de aconfesionalidad. La letrada apunta que, como acto del ministro, esta concesión debería de ser juzgada por la Audiencia Nacional.

La asociación Movimiento Hacia un Estado Laico (MHUEL) que, junto a Europa Laica, recurrió la orden ministerial, anunció que no se opondrá a que el caso cambie de jurisdicción, pero lamentó que el proceso se dilate, máxime cuando la abogada del Estado apuró el plazo para presentar esta cuestión que podría haber planteado el primer día. Además, siguen reclamando que les den acceso al expediente de concesión para conocer qué méritos tiene la Virgen del Amor --y la cofradía patrocinada por ella-- para recibir la medalla.

La letrada del estado apunta en su escrito que los Juzgados Centrales podrían conocer de condecoraciones a funcionarios o personal de la Administración, o cuerpos o escalas, y en ninguna de estas categorías entraría la Virgen María. Tampoco el ministro o el Ministerio del Interior están considerados "en estricto sentido jurídico" como organismos.