La huella palmar impregnada en sangre hallada en la escena del crimen de Eduardo Montori, alias Falconetti, solo demuestra que el único acusado por este asesinato, Pablo Miguel Canales, estuvo en el lugar de los hechos, pero no que fuera el autor del mismo. Así lo señaló ayer el jurado popular en la lectura del veredicto de no culpabilidad que recibió con gran satisfacción y sorpresa el acusado. Llegó a mirar a los nueve hombre justos a los que guiñó el ojo y sonrió antes de ser conducido a la cárcel de Zuera, donde cumple una condena de dos años de prisión por agredir al dueño de un bar y amenazar a un policía local de Ejea.

Los miembros de este tribunal popular admitieron a lo largo de su comparecencia que durante la celebración del juicio en la Audiencia Provincial de Zaragoza «no se despejaron muchas de las dudas» que este asunto, ocurrido hace veinte años, planteaba. Llegaron a afirmar que las pruebas incriminatorias «eran insuficientes». Admitieron que Canales estuvo junto al cadáver porque así lo señala la prueba que aportó hace menos de un año la Guardia Civil tras digitalizar y analizar, con la nueva tecnología forense, las fotografías que en su día se realizaron del escenario del crimen. Sin embargo, entendieron que no ha quedado acreditado que el encausado fuera quien degolló y asestó hasta 17 puñaladas a la víctima. Tampoco que posteriormente lo quemara.

De hecho, la forma «limpia» para desmembrar el cadáver y para apuñalarlo indicaba, según los forenses, que el autor tenía conocimientos específicos. Unas habilidades que apuntaban clarameente a Canales, en opinión de la Fiscalía y del abogado de la acusación, Javier Notivoli, ya que procedía de una familia de ganaderos. Hipótesis que rechazó el jurado por entender que durante el juicio «no se ha probado» que tuviera estas habilidades. Afirmaron que ningún testigo confirmó dicho extremo, ni su exmujer.

Por otro lado, el tribunal popular también rechazó que el móvil del asesinato fuera por un ajuste de cuentas, después de que Montori pagara 550.000 pesetas con un cheque que era falso. Y es que para el jurado, «ni los testigos han podido determinar que no se pudo cobrar dicho talón».

Ante todo ello, el magistrado presidente del tribunal, Francisco Picazo, declaró la absolución de Canales en una sentencia in voce. Su abogado defensor, Javier Elía, resaltó que «se había hecho Justicia». El procesado se enfrentaba a 23 años de prisión, pena que llegó a aumentar el fiscal.