El Gobierno de Aragón ha aprobado hoy la Ley de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres, que incluye medidas específicas más allá de la norma estatal, y la Ley de Identidad de Género y No Discriminación con la que se reconocen los derechos de las personas transexuales.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, la consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, María Victoria Broto, ha hecho hincapié en que estas dos leyes, que se remitirán de inmediato a las Cortes, son muy importantes para el Ejecutivo en el propósito de que hacer realidad la igualdad entre hombres y mujeres, por un lado, y de "despatologizar" a las personas transexuales y acabar con la discriminación que sufren, reconociendo sus derechos, por otro.

El objetivo, ha explicado Broto, es que ambas leyes se cumplan y por tanto incluyen sanciones de hasta 3.000 euros por infracciones leves, de hasta 20.000 las graves y para las muy graves, de hasta 50.000 en la ley de igualdad entre hombres y mujeres y de hasta 45.000 en la ley de transexualidad.

"Una sociedad no es verdaderamente democrática si no hay igualdad en todos los ámbitos entre hombres y mujeres", ha subrayado Broto sobre la ley de igualdad entre hombres y mujeres, un documento que recoge casi el 80 por ciento de las 730 aportaciones presentadas en el proceso de participación y que recoge medidas concretas en Aragón para lograr que esa igualdad sea efectiva más allá de la ley estatal.

Ha destacado, en ese aspecto, que el proyecto de ley tiene un marcado carácter transversal que abarca todos los ámbitos, desde el empleo y la conciliación a la educación en todas sus etapas; la sanidad y los servicios sociales; la cooperación al desarrollo, ocio, deporte, cultura y juventud; participación social y política de las mujeres; imagen y medios de comunicación movilidad y desarrollo rural.

Broto ha destacado que la ley regula un plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres y el uso integrador y no sexista del lenguaje en la administración pública aragonesa, en la comunicación y en publicidad institucional.

También regula las políticas de igualdad en el empleo en relación con los sectores público y privado, contempla la promoción de la conciliación de la vida laboral, familiar y personal y trata sus principios de actuación, la corresponsabilidad, la organización de espacios, horarios y creación de servicios, así como la conciliación en las empresas privadas, en la función pública, en el ámbito educativo y en los servicios sociales.

En cuanto a la Ley de Identidad de Género y No Discriminación, elaborada por los colectivos LGTB (lesbianas, gais, transexuales y bisexuales) de la Comunidad, su objetivo es propiciar el respeto a la identidad de género y llevar a cabo acciones tendentes a la protección y la efectividad real de los derechos de este colectivo.

El texto define la identidad sexual como la vivencia interna e individual del género tal y como cada persona la siente y autodetermina sin que deba ser definida por terceros, pudiendo corresponder o no con el sexo asignado en el momento del nacimiento y pudiendo involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que ello sea libremente escogido.

La ley aborda cuestiones como el reconocimiento del derecho a la identidad de género libremente manifestada y al desarrollo de la personalidad y a ser tratado de acuerdo con ella, y a la atención y protección de acuerdo a sus necesidades en el ámbito psicológico, educativo, sanitario, social, cultural y en cualquier aspecto de la vida y el desarrollo social.

Broto ha apuntado que la ley hace especial incidencia en los menores transexuales, y en el ámbito educativo, se respetará la identidad de género manifestada en las listas de clase y en la documentación asociada a cada centro educativo y la imagen e indumentaria asociada a la identidad de género, y las instalaciones educativas se usarán conforme a la identidad de género, entre otras medidas.

El texto recoge medidas concretas en distintos ámbitos y establece, entre ellas, que toda persona que lo solicite recibirá las acreditaciones acordes a su identidad de género manifestada que sean necesarias para el acceso a sus servicios administrativos y de toda índole.

La ley señala que la Comunidad de Aragón velará por el respeto a la confidencialidad de los datos relativos a la identidad de género de las personas transexuales en todos sus procedimientos y que se pondrán en marcha programas de sensibilización, educación y promoción del respeto a las personas según su identidad de género.

En el apartado sanitario, el proyecto de ley destaca la protección y afirmación del derecho a la salud física y mental de este colectivo, y se dará atención sanitaria bajo el principio de autodeterminación de género, no discriminación, proximidad y no segregación.

Según la ley, las personas transexuales tendrán derecho a ser informadas de los tratamientos, de que sea aplicado el consentimiento informado y libre determinación del paciente, así como su derecho a ser tratados conforme a su identidad de género y a ser consultadas para el ingreso correspondiente cuando haya salas diferenciadas.

Respetando la normativa sanitaria, la cartera de servicios y normativa de referencia se les proporcionará tratamiento hormonal y quirúrgico, material protésico, modulación de voz y timbre en su caso y acompañamiento y asesoramiento psicológico. A esto se añade la atención sanitaria en el ámbito reproductivo, garantizando el acceso a los programas correspondientes.