El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el decreto ley con las ayudas urgentes para reparar los daños causados y las pérdidas producidas en 54 municipios aragoneses por las inundaciones derivadas de la crecida del Ebro y sus afluentes el pasado mes de abril.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, el consejero de Presidencia, Vicente Guillén, ha explicado que son medidas complementarias a las que establezca el Gobierno de España, al que ha instado a que "a la mayor brevedad" tome también la decisión de hacer la aprobar las medidas necesarias, algo "imprescindible" para la coordinación entre ambas administraciones y con las entidades locales.

El decreto ley que el Gobierno de Aragón ha aprobado hoy identifica 54 términos municipales de la provincia de Zaragoza afectados por las riadas y que, en principio, resultan destinatarios de las subvenciones propuestas, aunque ante la eventualidad de que puedan repetirse estos fenómenos, se incluye la posibilidad de extender la aplicación de estas medidas a nuevos daños que pudieran producirse hasta el 31 de mayo y ampliar los municipios destinatarios.

Las actuaciones previstas se dividen en dos grupos, el primero para paliar daños materiales en viviendas y enseres domésticos; explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales; establecimientos industriales, comerciales, turísticos y mercantiles, y a favor de las personas afectadas, como acceso preferente a la Red de Servicios Sociales Especializados del Gobierno de Aragón y subvenciones a personas físicas o jurídicas que hayan efectuado prestación personal o de bienes.

En el segundo grupo se incluyen subvenciones para resarcir los daños ocasionados en infraestructuras, instalaciones, equipamientos y servicios de los municipios y comarcas; infraestructuras de riego; reparación de daños medioambientales y causados al ciclo integral del agua, y reparación de daños en carreteras.

Este Decreto Ley se adopta al amparo del artículo 44 del Estatuto de Autonomía, que faculta al Gobierno de Aragón a dictar disposiciones legislativas provisionales bajo esta forma en casos de necesidad urgente y extraordinaria, a propuesta conjunta de los consejeros de Presidencia; Hacienda y Administración Pública; Economía, Industria y Empleo; Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda; Desarrollo Rural y Sostenibilidad; y Ciudadanía y Derechos Sociales.

Las bases reguladoras de las subvenciones serán aprobadas por orden del consejero competente en cada caso de forma simultáneamente con las correspondientes convocatorias en el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de este decreto ley.

Los contratos de obras, suministros y servicios que tramiten la administración autonómica para ejecutar las actuaciones previstas en el decreto tendrán la consideración de contratos de emergencia.

Además, la administración autonómica formalizará con las entidades financieras que se adhieran los correspondientes convenios con el objeto de facilitar a las personas físicas o jurídicas afectadas el acceso a líneas preferenciales de crédito o la moratoria en el pago de préstamos o créditos hipotecarios formalizados con anterioridad a los daños.

El Gobierno de Aragón también compensará el importe de las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) del ejercicio de 2018 correspondientes a viviendas y fincas rústicas dañadas como consecuencia directa de las inundaciones.

Los créditos necesarios para ejecutar estas medidas serán ampliables y se financiarán con cargo al Fondo de Contingencia de Ejecución Presupuestaria y con bajas en créditos de la Sección 30 (Diversos Departamentos).

En el caso de que fuera necesaria financiación adicional, se dotaría con bajas en otros créditos de los Presupuestos de la Comunidad.