L a magistrada que investiga el caso Caladero, Mercedes Terrer, decidió ayer dar un carpetazo a este asunto y archivarlo. La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Zaragoza aseguró a través de un auto que no hay elementos que acrediten la existencia de una actuación delictiva en las obras de la planta de Caladero en la Plataforma Logística de Plaza.

De esta forma, quita cualquier tipo de responsabilidad a los cuatro imputados por prevaricación administrativa, el exviceconsejero de Obras Públicas, Carlos Escó, el exconsejero delegado de la Corporación Empresarial Pública de Aragón Santiago Coello, la responsable de empresas participadas de la Corporación, Pilar Valdivia, y el exdirector financiero de Plaza, Pedro Colás.

A lo largo del auto firmado ayer mismo, la jueza señala que con la instrucción, una de las cinco causas abiertas en diferentes juzgados respecto a la gestión de la plataforma, se han esclarecido aspectos que apuntaban a irregularidades como, por ejemplo, la falta de justificación de la necesidad y conveniencia del contrato por el que se invirtió con fondos públicos; las incongruencias entre las fechas de la recepción definitiva y de terminación del periodo de garantía o los motivos que llevaron un día a modificar contratos que incrementaron las obras un 29,42%.

FISCALIZACIÓN Terrer resalta especialmente la opinión del Tribunal de Cuentas que archivó su investigación porque "había quedado acreditada la ausencia de elementos constitutivos de responsabilidad contable, puesto que las presuntas irregularidades en el contrato de ejecución de la obra civil en interiores de una nave industrial en la parcela ALIA-1 de Plaza han resultado aclaradas y justificadas". Fue este organismo fiscalizador el que instó a la Fiscalía Provincial de Zaragoza a que interpusiera denuncia pordebido a que observaba irregularidades, ya que les faltaban algunos datos esenciales y que a la vista de los acontecimientos hubiesen evitado la judicialización de este asunto.

La magistrada también estima y justifica las obras contratadas inicialmente y las posteriores porque "están realmente ejecutadas y se ajustan a lo acordado". Asimismo, asevera que se establecieron precios de mercado y que no se produjo perjuicio patrimonial en los fondos públicos.

En este sentido, la instructora quiere dejar claro que en esta causa no eran unas operaciones privadas sujetas a los intereses empresariales de una sociedad de carácter mercantil, tal y como había dicho un abogado de la defensa, sino que existe una función pública, puesto que estos recursos económicos deben ser gestionados en el cumplimiento de los objetivos por los que se creó la empresa perteneciente a la Diputación General de Aragón.

SATISFACCIÓN Los abogados defensores de los cuatro imputados, José Manuel Marraco, Jesús García-Huici, Juan Monclús y Eladio Mateo, mostraron su satisfacción ante la decisión del sobreseimiento provisional, tal y como habían solicitado meses antes. Petición a la que se sumó Fiscalía.

Bien distinta fue la reacción de la letrada de la acusación popular en nombre de UPD, Irene Romea Anadón, quien anunció que va a recurrir esta decisión porque no está de acuerdo. En su opinión, la instrucción no se ha completado porque "no ha contestado a ninguna de las pruebas que solicité y tampoco las menciona en dicho auto".

La jueza Mercedes Terrer apostilla que en los expedientes de este asunto se observa que se adoptan decisiones y se emiten informes por técnicos ajenos a los imputados, desarrollándose diversos trámites y cumpliéndose una serie de formalidades administrativas, sin que se aprecie la ocultación de algún dato o informe. Sí reconoce que se reflejaron argumentos jurídicos y técnicos fundados en una determinada interpretación de la normativa.

Ante ello, destaca que las posibles irregularidades procedimentales debían haber sido objeto de debate en la jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo, no constando que en este supuesto se haya producido algún tipo de impugnación