La Audiencia Provincial de Zaragoza ha ratificado la condena a los seis participantes de una reyerta entre clanes familiares participantes en el tiroteo y pelea que, en diciembre del 2014, se saldó con casi todos ellos (y una viandante) heridos. Ambas familias habían recurrido la condena, de cuatro años de cárcel para unos (los que llevaron la escopeta) y 5.200 euros para los otros, por lesiones. Pero los magistrados de la Sección Tercera de la audiencia no han aceptado ninguno de los motivos de sus recursos.

Los jueces mantienen como probados tanto los hechos como los razonamientos jurídicos de la jueza de lo Penal que dictó la sentencia inicial. Según recogían estos, la reyerta se inició cuando, tras una pelea previa en una gasolinera,el 19 de diciembre del 2014, Juan José Jiménez, su mujer Rosa María Gabarre y su hijo José Antonio Jiménez, cogieron el coche y fueron a casa de los otros condenados.

El primero sacó una escopeta de debajo del abrigo, reclamando que saliera el padre de los otros chicos (que es su cuñado, hermano de la mujer). Por ello se ganaron un año de prisión por amenazas y el padre, otro por tenencia ilícita de armas. La escopeta se le disparó accidentalmente, y de nuevo cuando cayó al suelo, e hirió a su propia mujer y a otra viandante, levemente, en la pierna, cuando la mujer salía de casa para ir a trabajar. Ninguna de las dos lesionadas reclamó nada, por lo que esta familia fue absuelta de estas lesiones, que en principio también se les imputaban.

La otra familia, compuesta por padre (Luis Gabarre) e hijos (Enrique y David), respondió a palos, y fueron condenados a pagar cada uno 1.260 euros de multa por las lesiones que causaron al otro grupo y 1.449 de indemnización por las secuelas.

Estos últimos alegaron ante la Audiencia de Zaragoza que actuaron en legítima defensa. Pero los jueces recuerdan que para que se pueda apreciar esta circunstancia, la respuesta ha de ser proporcionada. Y según reflejan los hechos, la escopeta ya se había caído al suelo, e incluso uno de ellos se la había llevado, cuando sacaron los palos de la casa y los usaron contra sus rivales. Por ello, los magistrados entienden que no cabe apreciar que actuaron para defenderse de gente ya desarmada. De igual forma, rechazan los argumentos de la otra familia, y la sentencia queda como estaba.