La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha aplicado por primera vez en Aragón, que se sepa, la medida de libertad vigilada tras la prisión que fue incluida en la última reforma del Código Penal, el año pasado. Se la han impuesto a Walter U. V., un peruano de 36 años que cumplirá antes seis de prisión por violar a una joven, a la que además indemnizará con 8.500 euros.

La vigilancia posterior a la prisión la había pedido la acusación particular, ejercida por la víctima, aunque solicitaba el doble de tiempo. Los magistrados consideran que un lustro es proporcional a la condena impuesta.

La medida despertó muchos recelos en el mundo jurídico -incluso el Consejo General del Poder Judicial mostró su oposición, allá por el 2009-, pero finalmente fue incluida en el texto, para casos de violación y terrorismo. Los magistrados la han impuesto en este caso por la «imperatividad» de la ley, al solicitarla una de las acusaciones.

Según consideran probado, Walter U. V. conoció a la víctima, 10 años menor que él, la madrugada del 8 de marzo del año pasado en la discoteca Latin Palace de Zaragoza. Tras estar allí hasta las 6.30 horas fueron otra media hora a otro local, La Clave.

Desde allí, ambos se trasladaron a casa de él, que compartía piso con otros hombres. Se metieron en su habitación y él puso música en el ordenador. Luego le propuso mantener relaciones sexuales, a lo que ella se negó, pero Walter U. V. igualmente le bajó los pantalones y la ropa interior y la violó. La joven insistió en que la dejase marchar, y grabó parte de la conversación con el móvil.

De hecho esta es una de las pruebas a las que los magistrados parecen haber dado más credibilidad en el fallo. Porque en este fragmento de conversación, él le dijo que no era como si le hubiera obligado a hacer algo que no quería. A lo que ella, de inmediato -y por tanto, razonan, con pocas posibilidades de ser una invención- le respondió, entre sollozos: «¿Qué? ¿Que no me has obligado? ¿Cómo quieres que te lo diga? ¡Déjame ir, por favor!».

Este episodio se une a las lesiones que presentaba en la cabeza, los brazos y las rodillas, compatibles con haber sido sujetada. De hecho, le condenan también por lesiones a 180 euros de multa.

La grabación y las lesiones son corroboradas también por las secuelas psicológicas que presenta la víctima, plenamente compatibles con una violación, según los informes forenses. Por todo ello consideran plenamente probada la violación, pese a que el condenado la negó.