Leoncio Moreno Pérez fue condenado a 4 años de prisión por el atropello mortal de dos ciclistas en agosto del 2016 en Botorrita. Una sentencia que no acepta este hombre, quien acaba de interponer un recurso en el que arremete contra el fallo y contra el juez que lo redactó, el titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Zaragoza al que critica de «copiar y pegar» la visión de la Fiscalía en los hechos probados de su resolución judicial, sin tener en cuenta su defensa.

A través de su letrado, propone una condena como autor de dos delitos contra la seguridad vial «menos grave» con la aplicación de la atenuante de reparación del daño y, por tanto, vería justa una pena de multa y privación del derecho a conducir durante 3 meses, pero no habla de privación de libertad. No obstante, sugiere como alternativa una pena máxima de un año, siete meses y 15 días de cárcel por el mismo delito, si se considerara que los hechos pueden considerarse como graves.

En el recurso interpuesto en la Audiencia de Zaragoza señala que «la única prueba» de que Leoncio Moreno Pérez había consumido bebidas alcohólicas es el test de etilometría que arroja unos resultados de 0,76 y 0,66 «resultados que no son muy superiores al límite que establece el Código Penal de 0,60 miligramos por litro de aire espirado».

En este sentido, critica que el magistrado tiladara el consumo del acusado como de «abundante, pésimo o de perjudicial injesta» cuando «hay prueba a favor de la tesis de que don Leoncio no parecía haber consumido alcohol en abundancia». También critica que en el fallo se hable del accidente previo al de Botorrita «cuando no ha sido denunciado por nadie, ni se ha reclamado».

Por otro lado, la defensa asegura «no salir del asombro» porque «al parecer, debemos practicar prueba que demuestre la inocencia de Leoncio». «¿Debe la defensa presentar testigos que eliminen su culpa o al revés?, cuestiona, mientras critica que el juez «no diera razones de por qué impone la pena máxima a Leonocio Moreno Pérez».

FAMILIA/ La familia de uno de los ciclistas fallecidos, representada por la abogada Virginia Laguna, también recurre la sentencia. Reconoce que no se puede modificar la pena de cuatro años, pero considera «que el procesado debe condenarse por un delito de riesgo abstracto, que se integra solo con la circunstancia de que el conductor del vehículo esté bajo la influencia de bebidas alcohólicas, sin que sea necesario que en su conducción se llegue a producir una situación de riesgo concreto para los viandantes u otros vehículos».