Rodrigo Lanza, el joven que mató en Zaragoza a un hombre que llevaba unos tirantes con la bandera de España, ha sido finalmente condenado a cinco años de cárcel, muy lejos de los 25 que pidieron las acusaciones en el juicio con jurado popular que se celebró en la Audiencia Provincial a principios de este mes. De esta forma, el acusado, que lleva casi dos años en la cárcel, podría quedar en libertad al cumplir la mitad de su condena, el 10 de junio del 2020, siempre y cuando la sentencia no sea firme antes de llegada esa fecha.

Además, el fallo recoge la atenuante de arrebato y la agravante de realizar una agresión por razones ideológicas, dado que la víctima, Victorino Laínez, profesaba ideas de extrema derecha.

La gran diferencia entre la pena solicitada y la finalmente impuesta, que es recurrible, se debe a que el jurado popular consideró en su veredicto que la muerte violenta de la víctima no constituía un delito de asesinato, como había mantenido la parte acusadora, sino un delito de lesiones intencionadas en concurso ideal con otro de homicidio imprudente.

Es decir, que «la intención de Rodrigo Lanza solo era lesionar a Victorino», según recogen los hechos probados de la sentencia, y que la causa última de la muerte fue la comisión de una imprudencia grave con alevosía por parte del acusado, de nacionalidad italiana y 35 años.

Muerte "no buscada"

De hecho, el fallo es explícito a este respecto y hace hincapié en que, si bien las lesiones fueron intencionadas, la muerte fue un resultado «no buscado», consecuencia del impacto que la víctima sufrió en la cabeza al caer al suelo y no de los golpes propinados por su atacante antes y después de que se desplomara. Este es el punto clave sobre el que gira en gran medida la sentencia, una conclusión a la que los miembros del jurado llegaron tras escuchar a los peritos médicos de Barcelona propuestos por la defensa.

Los hechos ocurrieron sobre las 3.00 horas del 8 de diciembre del 2017 en el bar Tocadiscos de la calle Antonio Agustín, en el barrio de La Magdalena, en Zaragoza. Allí coincidieron la víctima y Lanza, que iba con tres amigos que le advirtieron de que el primero era de extrema derecha o neonazi y de que llevaba una navaja. El acusado y Victorino intercambiaron entonces unas palabras que nadie oyó y, según testimonios, se insultaron y se llamaron «sudaca» y «fascista», entre otras expresiones peyorativas.

Al ver Lanza y sus amigos que Victorino tecleaba nerviosamente en el móvil, pensaron que estaba llamando a otras personas para que fueran y decidieron marcharse del local. Cuando lo hacían, Victorino los siguió y Rodrigo se volvió, se abalanzó sobre él por la espalda y, «sin posibilidad alguna de defensa, le dio un golpe seco por detrás en la cabeza».

La víctima cayó al suelo y quedó inconsciente, mientras que Lanza, en esa situación de indefensión, le propinó una patada en la cara y puñetazos en la cabeza, entre otros golpes, tras lo cual huyó del bar. El jurado opinó que esos golpes «aumentaron deliberada e inhumanamente el dolor» de forma innecesaria, «aunque no contribuyeron a su posterior muerte».

Sin ensañamiento

El tribunal popular, que descarta que se utilizaran en la agresión armas, instrumentos u objetos, estableció que la lesión que, «de forma más probable», causó la muerte se produjo al caer la víctima «a plomo al suelo e impactar la región derecha de su cráneo con el mismo».

Sin embargo, pese a apreciar la «brutalidad» del acusado al aprovechar que la víctima yacía inconsciente en el suelo, no se aprecia la agravante de ensañamiento, dado que «no prolongó el sufrimiento de Victorino». Y ello, expone el magistrado que presidió el juicio, porque el jurado consideró que «el anterior golpe con el suelo fue el que le dejó inconsciente, aunque con vida hasta el día de su fallecimiento».

Este se produjo cuatro días más tarde, el 12 de diciembre, en la unidad de cuidados intensivos del hospital Clínico Universitario, como consecuencia de un fuerte traumatismo craneoencefálico con parada cardiorrespiratoria, «compatible con una contusión de fuerte intensidad en la región temporoparietal derecha».

Las acusaciones mostraron ayer su disposición a recurrir la sentencia ante el TSJA. «El fallo es una barbaridad absoluta», manifestó Juan Carlos Macarrón, abogado de la familia de Laínez, quien, tras el veredicto del jurado, había solicitado 12 años de cárcel, al igual que el resto de acusadores.

Macarrón expresó su esperanza en que el TSJA «anule» la sentencia por supuestas incongruencias en la calificación de los hechos, lo que retrotraería las actuaciones al comienzo de la vista oral, que tendría que hacerse por el mismo sistema del jurado. En su opinión, en un plazo de dos a cuatro meses, habrá una sentencia firme, lo que evitará que Rodrigo Lanza pueda salir de la cárcel el próximo mes de junio.

David Arranz, que ha ejercido la acusación popular en nombre de Vox, insistió en que, si Lanza saliera de la cárcel en junio, «habría un riesgo evidente de fuga, pues es italiano y tienen vínculos con Chile». «Nuestro partido pide suprimir el jurado, la justicia no puede dejarse en manos de personas legas en Derecho», dijo.

Abogado defensor

Endika Zulueta, abogado defensor de Rodrigo Lanza, manifestó ayer que «el resultado dramático» del enfrentamiento entre su cliente y la víctima le impedía sentir satisfacción por una sentencia que ha dejado en cinco años la condena del acusado, que inicialmente se enfrentó a 25 años de prisión. Zulueta hizo hincapié en que la sentencia no será firme si se presentan recursos, para lo que existe un plazo de diez días.

Por este motivo declinó entrar a valorar el papel que ha realizado como defensor. Sin embargo, el letrado vasco, que ha defendido en otras ocasiones a personas acusadas de graves delitos de terrorismo, sí quiso hacer declaraciones en favor del tribunal popular. «El jurado ha actuado en el caso de Lanza con objetividad y sentido común», subrayó.

«Llama mucho la atención que solo se eleven voces contra esta institución cuando recoge las tesis de la defensa y no las de la acusación», continuó. «Lo que he visto en este proceso es que los miembros del jurado no se han dejado influir por presiones exteriores, ya fueran de los medios de comunicación o de la opinión pública», afirmó Zulueta, que no quiso entrar a comentar aspectos concretos del fallo porque acababa de tener conocimiento de la sentencia y no le había dado tiempo a leer en profundidad todos sus apartados.