La técnico de laboratorio María Pilar Vázquez Vela ha sido condenada a cinco años de prisión por inocular tuberculosis en muestras de pacientes del hospital Miguel Servet en el que trabajaba, en el 2016, así como por cambiar las etiquetas de análisis creando otra confusión de diagnóstico. Más concretamente, la Audiencia Provincial de Zaragoza le ha impuesto dos años de cárcel por el riesgo de contagio en que se puso a ella y a otros trabajadores, y a tres años por la falsedad documental que cometió al intercambiar las etiquetas.

Los magistrados de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza consideran que, pese a que no hay prueba directa de su autoría, en el sentido de que nadie la vio hacerlo, los indicios son tan abundantes y claros que no dejan lugar a dudas. Desde el móvil de su acción, el «resentimiento y despecho» por ser cambiada de puesto en un trabajo en el que se encontraba a gusto, hasta la coincidencia de que las contaminaciones se produjeron cuando ella trabajaba, siendo de las pocas que tenía conocimientos y acceso para contaminar las muestras. Sin soslayar que le encontraron las etiquetas de los análisis en el bolso al ser detenida.

Según los hechos probados, Vázquez comenzó a trabajar como técnico superior de laboratorio de diagnóstico clínico en el hospital Miguel Servet de Zaragoza en el 2011, y en Micobacterias en el 2015. Cuando le comunicaron su traslado a Geronto-Urinario, «mostró abiertamente su desacuerdo». Una testigo la oyó decir que se iría «por encima de su cadáver, o algo así».

Así, «guiada por el resentimiento y despecho», manipuló muestras de análisis clínicos del laboratorio. Policía, técnicos sanitarios y peritos convencieron a los magistrados de que así lo hizo, pese a que algunas jornadas del juicio sembraron dudas sobre el control de acceso al recinto. Consideran que solo tres personas sabían cómo hacer lo que hizo, y solo ella trabajaba cuando se produjeron las contaminaciones, además de tener un motivo.

Concretamente, señalan que inoculó la bacteria, procedente de una cepa provista para investigación por la Organización Mundial de la Salud, a las 13.30 horas del 4 de marzo del 2016, por primera vez, aprovechando una ausencia de su compañera de laboratorio. Volvió a hacerlo el día 29, y el 2 de abril otra trabajadora descubrió una hilera de viales con una pipeta al lado, fuera de la zona de seguridad, Precisamente por este factor consideran que cometió el delito de riesgo, poniendo en peligro al personal.

La contaminación generó que un paciente y su familia fuesen tratados preventivamente por el contagio. No llegaron a sufrir lesiones como tal, por lo que la mujer es absuelta de este delito; pero sí debe indemnizar sus daños morales con 3.166 euros en total.

Los jueces dan una de cal y otra de arena al Salud. Por un lado, le dan la razón más que al fiscal en su calificación de los delitos, e imponen a la condenada una indemnización de más de 8.000 euros por los gastos sanitarios derivados de sus acciones. Pero también consideran que, en lo tocante a resarcir a los pacientes, el Salud es responsable civil por esos 3.166 euros.

Además de estas muestras, la mujer también intercambió las muestras de dos análisis de orina, de forma que una paciente, embarazada, fue diagonisticada de gonorrea. La situación indujo además, incide la sentencia, una «sospecha de infidelidad» hacia su pareja, y por todo ello será indemnizada.

Este extremo, que en realidad es el que mayor pena de cárcel le supone a la mujer, defendida por Olga Oseira. Los jueces lo consideran plenamente acreditado por la presencia de etiquetas de análisis con el nombre de la paciente en su bolso, al detenerla.