La penúltima reforma del Código Penal --la última iba en la Ley Electoral--, que entró en vigor en diciembre del 2010, atenuó de manera considerable el castigo por la venta callejera de cedés y deuvedés pirateados. Desde entonces solo cometen delito quienes obtienen con esa actividad un beneficio superior a 400 euros, algo prácticamente imposible en el top manta, ya que en el mejor de los casos trabajan con un margen comercial de un euro por pieza. La tipificación como delito de la mera venta era un caso flagrante de criminalización de la pobreza.