El Consejo Consultivo de Aragón ha emitido el dictámen sobre el concierto educativo suscrito por el ejecutivo autonómico con la cooperativa que gestiona el colegio Ánfora de Cuarte (Zaragoza) y en él rechaza los argumentos que el actual gobierno alega para intentar revocar este concierto.

El informe, con fecha del martes, 24 de noviembre, informa "con carácter desfavorable" el expediente de revisión de oficio de la orden de 12 de junio de 2015 por la que la consejería de Educación que entonces dirigía la popular Dolores Serrat resolvió los expedientes de acceso y modificación de los conciertos para el curso 2015-2016 con el Colegio Internacional Ánfora.

El nuevo ejecutivo, que tomó posesión a mitad de julio, inició el expediente de revisión de oficio de este concierto para analizar los tres motivos que alegaba el gobierno: la no disponibilidad de los terrenos por parte de la cooperativa, el hecho de que ésta no estuviera inscrita en el registro de cooperativas de Aragón cuando se formuló la solicitud del concierto, y que el concierto no contara con asignación presupuestaria específica.

Sobre la primera cuestión, el Consejo Consultivo aduce que "cabe inferir" que se estaban llevando a cabo las actuaciones pertinentes en orden a determinar la posibilidad de utilización" de los inmuebles y el paso del tiempo "demostró la real disponibilidad de los terrenos". Por lo tanto "no puede haber nulidad" por este motivo porque "el vicio es subsanable y ha sido subsanado".

El mismo argumento da para rechazar como motivo de anulación del concierto que la cooperativa no se hubiera inscrito en el registro correspondiente.

Y añade que nada tiene que ver con la privación de validez del concierto el hecho que de "no haya sido identificada con exactitud la cuantía económica asignable al concierto con el interesado".

Además, "motu propio" el Consejo Consultivo añade que debería tomarse en consideración en este asunto el derecho de los alumnos a una escolarización "normalizada", y entiende como tal aquella en la que, una vez iniciado el curso escolar, no tendrían que "cambiar de colegio, de política educativa, de profesores o de amigos".

Desde esta perspectiva se refuerza la no declaración de nulidad para los miembros del Consejo Consultivo.

Éstos, finalmente, recuerdan que la revisión de oficio no constituye una oportunidad para rehacer un procedimiento o corregir errores o deficiencias de la administración, sino que es "un sistema concebido para suprimir actos administrativos contaminados con vicios graves y de palmaria demostración, circunstancias que no concurren en este caso".