El Ayuntamiento de Teruel deberá indemnizar a la propietaria de los terrenos donde se edificó la barriada de Pomecia, en virtud de una sentencia condenatoria del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) que ha devenido firme al no ser recurrida.

En su resolución, dictada a mediados del pasado mes de febrero, el TSJA revoca la sentencia que dictó en el 2014 el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Teruel y estima los argumentos de la dueña del suelo al entender que el ayuntamiento ocupó los terrenos sin cumplir con los trámites administrativos requeridos.

En concreto, el TSJA considera acreditado que el consistorio ocupó por «vía de hecho», sin autorización ni expediente previo de expropiación un total de 1.161 metros cuadrados para las tuberías de abastecimiento de agua y de 3.106s más para la pavimentación de las edificaciones, también «ilegales».

Los magistrados consideran, sin embargo, que dado el actual estado de los terrenos, urbanizados, con servicios y edificaciones, no es posible su restitución, por lo que se muestran partidarios de indemnizar a la propietaria. «Es evidente -subrayan- que también son obras sin amparo urbanístico y que no debieron haber sido autorizadas por la corporación, pero ahora, hasta que no se ejecute el planeamiento de la zona o sean revertidas al patrimonio de la propietaria por un procedimiento civil carece de sentido su demolición y restitución».

El TSJA, que condena al consistorio al pago de las costas, no establece una indemnización, pero señala que la cuantía deberá ser del 70% de su valor de mercado en zona urbana.