El consejo de Gobierno de ayer tomó conocimiento del anteproyecto de Ley de Vivienda de Aragón que contempla la vivienda como un derecho subjetivo y la posibilidad de expropiarla en el caso de que no cumpla la función social para la que está concebida, como es su uso residencial y su efectiva ocupación, pero de acuerdo con unos criterios estipulados. Este anteproyecto, que ahora afronta diversos encuentros informativos previos a la redacción del borrador y su posterior tramitación, situará a Aragón en la vanguardia de la legislación sobre vivienda, reconociéndola como un derecho constitucional y, por tanto, que se podrá llevar a los tribunales.

El consejero de Vertebración, José Luis Soro, informó sobre las líneas maestras de esta futura ley «prioritaria» y que saldrá adelante antes de que acabe la legislatura, aunque destacó que aunque es una norma vanguardista que incorpora doctrina del Tribunal Constitucional, no descarta que pueda ser recurrida por el PP, que «no tiene en cuenta a la ciudadanía, sino a los bancos». Se trata, dijo Soro, de una ley que «pone a las personas como protagonistas de las políticas públicas» y que convierte al Gobierno en garante del derecho a la vivienda.

DERECHO SUBJETIVO

El anteproyecto, que consta de 183 artículos ordenados en nueve títulos, se rige bajo cuatro principios, el primero de los cuales considera la vivienda como un derecho subjetivo y no como un bien de mercado, de manera que toda la ciudadanía pueda exigir judicialmente a las administraciones públicas el cumplimiento de esta ley ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

La norma describe diversos derechos: el de acceso a la vivienda y la posibilidad de que el Gobierno actúe en el caso de situaciones de vulnerabilidad para dotar de una alternativa habitacional; el derecho al disfrute pacífico de la vivienda y el derecho a una vivienda digna y adecuada a las necesidades para poder contar con una calidad de vida son los otros tres principios. Entre las principales novedades que recoge la norma destaca la apuesta por el alquiler como instrumento fundamental para dar respuesta al principio constitucional del derecho a una vivienda y también apuesta por la rehabilitación.

El Gobierno velará por que se utilicen como bien residencial, que no estén vacías, que no presenten sobreocupación, que no estén ocupadas ilegalmente o que no se destinen a vivienda permanente en el caso de las de régimen oficial, incumplimientos que podrán ser corregidos mediante sanciones o procedimientos expropiatorios.

RELACIÓN CON LOS BANCOS

Soro advirtió de que no se trata de expropiar las viviendas vacías sino cuando se incumplan ciertas situaciones, marcadas en la ley, y una vez que se hayan agotado las vías coercitivas. Lo que se busca, dijo, es soluciones en positivo para la puesta en valor de esas viviendas, para garantizar el pago de los gastos o el mantenimiento de las mismas. En relación con las entidades financieras, sociedades inmobiliarias, Sareb, activos inmobiliarios y grandes propietarios, se establece la obligación de dar información a la Administración sobre personas en riesgo de perder su vivienda, con el fin de poder tomar medidas para garantizarles un alojamiento alternativo.

Otra novedad fundamental es la «obligatoriedad» de la mediación cuando los actores que intervienen en un negocio jurídico entran en conflicto, no solo en los contratos de compraventa, sino también en los sistemas de financiación, como los préstamos hipotecarios. Soro señaló que «las entidades que adopten medidas para evitar el sobreendeudamiento y acepten la dación en pago como sistema ordinario para saldar las deudas tendrán absoluta prioridad en el trato con todas las administraciones.