El Gobierno de Aragón, con el objetivo de adaptar «a los nuevos tiempos» la regulación sobre la compensación económica a las familias de acogida —que data de 1995— ha decidido unificar las cuantías a percibir por estas familias, ya sean extensas o ajenas al menor. Es decir, que la modificación, publicada ayer en el Boletín Oficial de Aragón, supondrá que tíos o abuelos de los niños recibirán el mismo dinero por su cuidado que las personas que se hagan cargo de ellos pero que no tengan relación familiar.

Así, la cantidad a recibir por mes será de 349,80 euros. Antes, las familias extensas percibían un total de 211,37 euros frente a las 317,06 euros de las ajenas.

El cambio pretende adaptarse a la Ley del Menor del 2015 y desde la DGA recuerdan que «no son remuneraciones, sino compensaciones por el cuidado de los menores», señalaron fuentes del Ejecutivo autonómico.

Otra de las novedades de la nueva orden es que se establece una cuantía básica para las familias de acogida y unos complementos que se fijarán dependiendo de las necesidades de los menores (discapacidad, desplazamientos, apoyo extraescolar, fisioterapia, atención terapéutica, temprana, logopedia o prótesis ópticas).

Por urgencia / También se precisa un precio diferenciado para las familias de acogida de urgencia, una modalidad que se incorporó en la ley de 2015. La cuantía para estas es el doble de la básica, ya que son para estancias de un máximo de 6 meses «que requieren de más disponibilidad y atención por parte de las familias hacia los menores», según precisaron desde el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales.

Así, la cuantía básica por menor y día queda establecida en 11,6 euros, una cuota basada en el coste anual medio por hijo.

En el acogimiento de urgencia es de 23,32 euros/día, con un mínimo de remuneración equivalente a diez días por acogimiento, tal y como cita el BOA, donde se reitera que de este modo queda derogada la normativa de compensaciones de 1995.

El pago a las familias se efectuará por meses vencidos, en función del número de días en los que el menor esté bajo el acogimiento familiar. Así, las cantidades fijadas para estas unidades familiares se actualizarán anualmente con arreglo al Índice de Precios al Consumo (IPC).