El SEPRONA de la Guardia Civil está investigando a dos personas por un presunto delito contra la flora y fauna por maltrato animal. Uno de ellos es un veterinario de Badajoz y el otro el dueño del perro maltratado, vecino de Pinseque.

Las pesquisas se iniciaron el pasado 2 de noviembre, cuando el Equipo de Investigación del SEPRONA de Zaragoza tuvo conocimiento, a través del Colegio de Veterinarios de Zaragoza, de un posible delito contra el bienestar animal, por una cautectomía y otectomía que presentaba un perro de raza Dobermann cuyo propietario residía en Pinseque.

Por tal motivo los especialistas de SEPRONA iniciaron una investigación para comprobar estos hechos, ya que las prácticas de mutilación de orejas y rabo están prohibidas por Ley.

Tras consultar con el veterinario que atendió a este can antes y después de realizarse las mutilaciones se pudo determinar que el Dobermann fue atendido por esta persona con fecha 9 de octubre del presente año, cuando contaba con 6 meses de edad, para implantarle el correspondiente microchip y ponerle la vacuna de la rabia. En ese momento no había sido sometido a ninguna intervención quirúrgica estética y presentaba el rabo y orejas en perfecto estado, no existiendo ninguna justificación médica para llevar a cabo dichas intervenciones.

Una vez comprobados estos extremos el SEPRONA se desplazó a la localidad de Pinseque para mantener una entrevista con el propietario del can, un varón de nacionalidad francesa. Esta persona mostró a los agentes el Dobermann, cuyo microchip fue comprobado por la Guardia Civil para determinar que se trataba del mismo animal. Además se pudo observar cómo el perro había sido sometido a una cautectomía y otectomía, y presentaba el rabo mutilado y las orejas entablilladas para que la parte de la oreja que queda tras la operación, se mantuviese hacia arriba. Una vez solicitado el informe del veterinario que había realizado estas operaciones, se comprobó que las mismas fueron realizadas por un facultativo de Badajoz el día 26 de octubre de 2017.

Según la Ley 11/2013 de 19 de marzo de protección animal en la Comunidad Autónoma de Aragón, en su artículo 3.4 a) indica que se prohíbe “maltratar a los animales o someterlos a cualquier práctica que les pueda producir daños o sufrimientos innecesarios e injustificados”. En la misma línea del artículo, apartado d) prohíbe “practicar mutilaciones, excepto en caso de necesidad médico-quirúrgica, por exigencia funcional o por castraciones, siempre con control de facultativos competentes”. En cuanto a la Ley 5/2002, de 23 de mayo, de Protección de los Animales en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 2.2. a) se prohíbe “maltratar, torturar o infligir daños a los animales o someterlos a cualquier otra práctica que les pueda producir sufrimiento o daños injustificados o la muerte”. Además en el apartado 2.2 f) prohíbe “practicarles mutilaciones, excepto las controladas por los veterinarios en caso de necesidad, o por exigencia funcional, o para mantener los estándares oficiales”.

Tras consultar el Estándar-FCI núm. 143, revisión 30.09.2016/ES, correspondiente al Dobermann, de la Federation Cynologique Internationales (AISBL), en cuanto a las orejas indica que “Las orejas, que se dejan naturales, insertadas a ambos lados en el punto más alto del cráneo, idealmente caen bien pegadas a las mejillas”. En cuanto a la cola, marca que “La cola se deja natural idealmente es llevada alta en una ligera curva nunca sobre el dorso o grupa”.

Por todo lo anterior el SEPRONA de la Guardia Civil procedió a investigar, no detener, tanto al propietario del can, vecino de Pinseque, como al veterinario que efectuó las operaciones, con domicilio en Badajoz, por un presunto delito contra la flora y la fauna por maltrato animal.