El Tribunal Supremo ha confirmado el derecho de dos profesoras de Religión de Huesca a no ver reducidas sus respectivas jornadas en centros públicos de la capital al serles comunicada la decisión una vez iniciado el curso escolar.

El Ministerio de Educación notificó en noviembre del 2014 a ambas profesoras, a la vista del informe emitido por el Departamento de Educación, que la distribución horaria prevista para ese curso planteaba una reducción de las clases de moral católica. En dicha notificación, ambas veían disminuir sus jornadas de trabajo de 25 horas semanales a un total de 13 una y a 17 la segunda.

La decisión fue anulada el 22 de febrero del 2016 por el Juzgado de lo Social nº1 de Huesca y ratificada en junio del año siguiente por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

Ambos tribunales concluyeron que la decisión era nula ya que contravenía normativas de las administraciones central y autonómica que obligaban a informar las afectadas de la reducción de sus jornadas antes del inicio del curso escolar.

Las dos sentencias volvieron a ser recurridas en casación por el Abogado del Estado ante el Supremo, a fin de solicitar una unificación de doctrina con otra en la que fue descartada la petición de un grupo de profesores de Religión en Andalucía contra las reducciones horarias acordadas.

ESTATUTO DEL TRABAJADOR

Los magistrados del alto tribunal admiten que la modificación de las jornadas de los profesores de religión no supone una modificación de los previsto en el Estatuto de los Trabajadores, sino que se deriva del cumplimiento de una característica de este tipo de contratos, «cual es la variabilidad de la jornada en atención a las necesidades de los centros».

Consideran, sin embargo, que esta situación no es la que afecta a las demandantes, que debieron de ser notificadas de la modificación de sus respectivos horarios antes del inicio del curso académico.

El tribunal acuerda la inadmisión del recurso planteado por el Ministerio de Educación, a quien condena al pago de las costas generadas por todo este proceso administrativo.

En Aragón, el TSJA obligó al Departamento a mantener las horas de Religión en Bachillerato. En Primaria, pese a que en un principio permitió rebajarlas a 45 minutos, tal y como pedía la DGA, el recurso presentado después por los obispos y profesores de Religión mantuvo la hora y media semanal en Primera.