La aplicación de la Ley 26/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia que obligará al personal en contacto habitual con menores a presentar un certificado que acredite ausencia de delitos sexuales, está provocando dudas e incertidumbre entre el colectivo sanitario. Si bien en el ámbito de la enseñanza todo está muy claro e, incluso, el Departamento de Educación ya ha elaborado un documento en el que informa de todo el proceso, a quién afecta y cómo se puede solicitar el documento, en sanidad todavía no hay nada hecho.

Ayer, representantes del Salud se reunían con Función Pública para tratar de esclarecer todos estos apartados y decidir la modalidad en la que se deberá presentar esta acreditación que libere de la comisión de cualquier delito sexual relacionado con menores. Sin embargo, en el encuentro no se cerró nada, por lo que desde la Administración sanitaria se sigue trabajando en ello.

Entre los sindicatos también imperan las dudas. Es el caso de CCOO, que ayer remitió una nota en la que solicitaba aclarar "urgentemente" la aplicación de esta ley en la Administración autonómica. De hecho, el área pública del sindicato ha pedido que la Mesa General de Negociación de la comunidad se reúna de forma inminente para aclarar los términos de aplicación y se determinen los puestos de trabajo que se verían afectados.

La normativa estatal, del 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, establece como requisito para poder acceder y ejercer una profesión o actividad que implique contacto habitual con menores, no haber sido condenado por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, trata de seres humanos o explotación de menores. Tal circunstancia debe ser acreditada por trabajadores aportando un certificado de antecedentes penales específico para tales delitos.

TÉRMINOS "En Aragón son muchos los empleados públicos que trabajan directamente con menores, como profesores, educadores o personal de guarderías, pero existen también muchos otros ámbitos que podrían verse afectados por esta norma, como personal de enfermería, asistentes sociales o médicos", esgrime CCOO, que, por ello, pide, en primer lugar, determinar cuáles serían los puestos de trabajo afectados. Asimismo, el sindicato reclama que debe fijarse "los términos y condiciones" en los que se aplica la ley "y la forma de acreditación"

A este respecto, CCOO señaló que la Administración de Justicia aún no ha desarrollado el dispositivo que permita la expedición de estos certificados, lo que está obligando a utilizar el de antecedentes penales genérico y completo. "Es una grave vulneración del derecho a la intimidad al obligarse a comunicar al empleador otras situaciones que, sin relación con delitos sexuales, exceden con mucho lo exigido en la norma", advirtieron.