La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza recibió ayer el incidente de nulidad de actuaciones por el que todavía no puede darse por cerrada la investigación del denonimado caso espionaje en el seno del tribunal interdiocesano de la capital aragonesa y en el que estuvo imputado el arzobispado Vicente Jiménez. Los magistrados de la sala de este tribunal decidieron anularla por considerar que «no hubo delito» en la actuación del prelado.

La denunciante, a través de sus abogados, alega «errores» en la argumentación de los jueces, especialmente, del magistrado ponente del auto que archivó la causa que estaba en manos del Juzgado de Instrucción número 11 de Zaragoza y de la Fiscalía por entender que «había indicios de un delito de descubrimiento y revelación de secretos».

Según pudo saber este diario, los letrados señalan que el tribunal se equivocó al entender que los mensajes de Whatsapp supuestamente interceptados a la exnotaria María del Carmen Amador eran escritos y remitidos desde el ordenador de trabajo de esta cuando en realidad, tal y como apuntan, esas comunicaciones con terceras personas se realizaron a través de un teléfono móvil personal.

Por ello, vuelven a explicar al tribunal provincial que dicho ordenador, que sí es propiedad de la Iglesia zaragozana, realizó «una copia de seguridad de los mensajes de Whatsapp cuando esta lo conectó al aparato para cargar el sistema».

PERITAJE / Explican que estas comunicaciones salieron a la luz cuando el perito designado por el arzobispado, el que fuera imputado en la causa, Jorge Pina Gregorio, analizó el disco duro de dicho ordenador. A partir de ahí, el arzobispo y el económo diocesano, Ernesto Meléndez, tuvieron acceso al contenido que fue empleado en un procedimiento penal canónico.

Estos abogados destacan que se vulnera la intimidad de Amador y de todas las personas que participaban en las conversaciones, por lo que entienden que está en peligro el derecho a la intimidad regulado en la Constitución.

Una actuación de la Audiencia de Zaragoza que hace pensar a estos letrados que ha habido «ausencia de impacialidad objetiva en el juzgador, además de contaminación procesal». Critican especialmente las valoraciones que realiza, además de solo valorar las pruebas presentadas por la Iglesia.