El borrador del decreto de espectáculos ocasionales y extraordinarios de Aragón modifica, en su nueva redacción, las fianzas de los organizadores para responder de las posibles obligaciones económicas, que ahora se fijan entre los 1.000 euros y los 18.000 euros de máximo, en función del aforo.

El documento será debatido el próximo jueves en la Comisión de Espectáculos Públicos Ocasionales y Extraordinarios y aporta varias modificaciones respecto al borrador conocido durante el pasado verano, aunque mantiene el espíritu del texto anterior, ha informado hoy el consejero de Política Territorial e Interior, Antonio Suárez, con motivo de la celebración de la Comisión de Protección Civil de Aragón.

En el nuevo texto, que será enviado posteriormente al Consejo Consultivo de Aragón, se modifican las cuantías de las fianzas que los organizadores de los espectáculos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias deberán constituir con objeto de responder de las posibles obligaciones económicas que pudieran derivarse de su organización y celebración.

Esas fianzas quedan fijadas en 1.000 euros, con un aforo de hasta 500 personas, y si es de 501 a 1.000, se deberán depositar 2.000 euros.

Con más de 1.000 personas, la fianza será de 3.000 euros, y por cada incremento de aforo en más de 1.000 personas, el depósito será de 1.000 euros más con un límite máximo de 18.000 euros.

Suárez ha afirmado que lo primero que hace el decreto es concretar qué administración es la competente en cada caso (municipios o comunidad autónoma), además de establecer nuevas medidas de garantía para mejorar la seguridad en un tipo de espectáculos que tienen mucha concurrencia de público y que, objetivamente, tienen más riesgo.

El nuevo borrador recoge la Ley de Protección de la Infancia "de forma que en aquellos lugares en los que haya venta y consumo de alcohol, los menores tendrán que ir acompañados por los padres o tutores o bien habrá que habilitar zonas sin alcohol a las que podrán acceder menores y adultos", ha dicho Suárez.

"Es una medida de protección que parte de la base de que los organizadores cumplen con las medidas de prohibición de venta de alcohol a menores", ha matizado el consejero.

Además se establece que "los organizadores de los espectáculos públicos y actividades recreativas comprendidas en el ámbito de aplicación de este decreto podrán organizar sesiones especiales para menores de edad en la que quede prohibida la expedición y consumo de alcohol a éstos".

Con respecto a las fiestas patronales, el consejero ha aclarado que quedan excluidos los espectáculos ocasionales o extraordinarios organizados por los ayuntamientos o por las comisiones de Fiestas.

En el caso de espectáculos ocasionales o extraordinarios no organizados por los ayuntamientos, sí que estarán regulados por este decreto.

El texto del Decreto y la convocatoria de la Comisión de Espectáculos Públicos ya fue comunicada por correo a todos sus miembros el pasado viernes.

Además, el consejero ha dado instrucciones para el decreto se mande hoy mismo a todas las entidades o personas que presentaron alegaciones.