La Fiscalía del Tribunal Supremo también ha decidido recurrir la sentencia absolutoria al exjefe de Ordenación Minera de la DGA, Joaquín Lahoz, por el delito continuado de falsedad de documento público del que fue acusado. A Lahoz le acusaron de manipular el libro de concesiones mineras para comunicar una serie de licitaciones a las empresas «bien por amistad o para demostrar su poder», ya que había sido decano del Colegio de Geólogos de Zaragoza. El ministerio público considera que se podría revocar dicho fallo redactado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Zaragoza, ya que considera que el tribunal aragonés «aplicó indebidamente» el artículo del Código Penal que se relaciona con el delito por el que este hombre se enfrentaba a penas de entre cinco y seis años de prisión que solicitaban las acusaciones, entre las que estaba la DGA, a quien le da la razón.

CRÍTICA / La Fiscalía del Alto Tribunal expone en su escrito que la tesis de la sentencia de la Audiencia de Zaragoza de que «puesto que las falsedades reconocidas del acusado no le produjeron beneficio alguno ni causaron perjuicio a terceros o a la Administración no ocurre la antijuridicidad material» es una reflexión «profundamente equivocada».

Señala, al igual que expuso el abogado de la comunidad autónoma José Luis Gay en su recurso, que para que exista el delito de falsedad documental no es necesario que conlleve una intencionalidad, sino que simplemente se haya producido. Resalta y valora que «la fe pública que emana de los documentos oficiales es tan importante que sin ella no sería posible la seguridad jurídica» y añade que estas «sufren con la sola alteración sustancial del documento sin necesidad de que exista un perjuicio para terceros o lucro del autor falsario».

ACTUACIÓN / El ministerio público destaca que Joaquín Lahoz, como jefe de Servicios de Ordenación Minera, tenía atribuida la concesión de derechos de explotación de minas. En este sentido, señala que la forma licita de trabajo hubiera sido que «una vez terminada esta labor, pero desde luego nunca antes, el director general de Energía y Minas del Gobierno de Aragón dictaba resolución otorgando la concesión o denegándola».

La Fiscalía resalta que «toda concesión, en cuanto atribuye el derecho a explotar un bien es tan relevante que debe publicarse en los boletines oficiales, por lo que no estamos jugando con documentos privados, sino que emitiendo documentos públicos». Forma de proceder que no cumplió Lahoz, si bien este aseguró durante el juicio que fueron «errores» y llegó a compararse con su antecesor, quien, tras abandonar el cargo tuvo que hacer una anotación en el libro de concesiones porque había encontrado 13 errores «al repasarlo».

Una argumentación que echa por tierra esta acusación pública al afirmar que «Lahoz, con pleno conocimiento de que faltaba a la verdad, pues le constaba perfectamente que estaba todavía tramitándolos y de que no estaba ni otorgada la concesión, ni habían pasado los informes de evaluación medioambiental, las firmó en contra de la normativa».