En virtud del citado convenio, la citada sociedad estatal se compromete a poner a disposición de la Comunidad foral el emplazamiento que se define en el propio acuerdo y que permitirá disponer de una superficie destinada a la exposición así como a actividades comerciales. El emplazamiento estará a disposición de la Comunidad Foral antes del 2 de enero de 2008.

Por otra parte, Navarra será el único responsable de la elección e instalación de los exhibidores de su representación, así como de la selección de las personas a cargo de cada actividad.

Además, se compromete a mantener su espacio expositivo abierto a los visitantes durante los días y horas oficiales de la exposición determinados por la sociedad organizadora y permitir que la sociedad organizadora instale, realice el mantenimiento y repare dentro del emplazamiento asignado al participante, el equipo o las instalaciones necesarios para el correcto funcionamiento de la exposición.

El Gobierno de Navarra también se compromete a devolver el 28 de diciembre de 2008, como fecha límite, el espacio del que disponía en el mismo estado en el que se le entregó.

Por su parte, la sociedad organizadora ofrecerá al participante listados de proveedores de productos y servicios, consultores, profesionales y contratistas en general, a los que la organizadora haya dado su acreditación. La contratación de tales personas y servicios es voluntaria por parte del participante.

Finalmente, el convenio establece que Navarra podrá instalar dentro del espacio que le ha sido asignado un restaurante para los visitantes, en el que se servirá comida típica de Navarra. Asimismo, la Comunidad foral tendrá derecho a vender al público, directamente o mediante comercio electrónico, fotografías, postales, grabaciones musicales, vídeos, CD-Rom, libros, películas sobre Navarra y la exposición; además, tendrá derecho a vender otros productos típicos propios.