Cuando permanece la solicitud social del IVA cero en la cultura la Administración tributaria nos regala una nueva joya: implantar el IVA en la Justicia Gratuita.

Hace unas fechas la Dirección General de Tributos, en una medida que rompe su propio criterio sentado hace décadas, viene a exigir este impuesto en las actuaciones que los abogados y procuradores realicen en la defensa de las personas sin recursos económicos.

Si este impuesto lo asumen las Administraciones -pues el beneficiario de la Justicia Gratuita no parece que esté en disposición de pagarlo- supondrá que el gasto de la Justicia Gratuita se incremente en un 21%. Tengo la sensación que, de las magras cuantías destinadas a esta materia, este incremento no va a reportar más que un empeoramiento de los servicios.

LA administración tributaria, que no ha contado con nadie para este cambio de criterio (incluso, sospecho, ni con los responsables de otros Departamentos) ha generado un verdadero caos, que ni los medios de comunicación ni los ciudadanos han advertido su alcance. Los presupuestos de buen número de comunidades autónomas está aprobados sin contar con esta dotación económica; y los presupuestos aún no aprobados, como es el caso de Aragón, habrán de tener en cuenta este «encarecimiento» de la Justicia. Me pregunto si estaremos en disposición de asumir ese nuevo coste que no beneficia ni tan siquiera al Gobierno del Estado, pues el IVA está destinado al levantamiento de las cargas de la organización europea.

La Justicia Gratuita es una de las materializaciones más evidentes de los principios constitucionales, como la Justicia y, por extensión, de la igualdad y la paz social. Es un sistema, además, considerado como servicio público de obligado cumplimiento para los Colegios de Abogados y, como consecuencia de lo anterior, para los abogados.

En este sistema el ciudadano no elige a su abogado, y éste no puede renunciar al caso encomendado. De similar forma, es la Administración la que unilateralmente acuerda unas cuantías para retribuir la labor profesional desarrollada, sin sujeción a los criterios del mercado pues, en definitiva, no es una actuación desarrollada con la libertad que impone las reglas mercantilistas.

De un plumazo, y con una celeridad inusual, la Administración tributaria hace peligrar buena parte de la estructura de la Justicia Gratuita española que, por cierto, se ha ido convirtiendo en ejemplo para otros países de nuestro entorno.

El cambio de criterio de la Dirección General de Tributos se ha evidenciado a partir de una consulta vinculante que se le formuló, y amparándose en el contenido de una sentencia del Tribunal de Justicia Europeo del mes de julio de 2016 que resolvía un conflicto suscitado en Bélgica. Parece como si se hubiera aprovechado la oportunidad para dar este giro. Resulta lamentable que no se hayan analizado las diferencias del sistema belga y español, y se haya optado por una postura poco meditada. A veces se da la sensación que las sentencias de la Justicia europea se utilizan con cuentagotas (piénsese en el tema de las hipotecas), o bien se aplican en detrimento de los servicios que se prestan a los ciudadanos.

Pero a pesar de los vaivenes y desprecios que sufre la Justicia Gratuita, los abogados mantenemos nuestro compromiso social. La Abogacía pondrá en marcha todos los recursos legales, sociales y políticos para que se respeten los derechos de los ciudadanos y de los abogados del Turno de Oficio. Poniendo en peligro la prestación de la Justicia Gratuita, se afecta la esencia de uno de los pilares del Estado de Derecho.