El juez Rafael Lasala dio ayer por concluida la investigación judicial por el accidente ocurrido en la carpa de la fiesta de la cerveza de Valespartera de octubre del año pasado, en el que una mujer sufrió un grave traumatismo craneoencefálico al golpearle una viga caída del techo. El instructor ve indicios de la responsabilidad del concejal de Servicios Públicos del Ayuntamiento de Zaragoza, Alberto Cubero, como encargado último de la autorización del evento, y también del jefe del departamento municipal, Enrique Asensio, en cuyo informe se basó el visto bueno. También confirma la presunta culpa del propietario de la carpa, Luis G. S. y el supervisor técnico, Sergio E. F.

El titular del Juzgado de Instrucción número 7 dictó ayer el auto de acomodación por el que envía la causa a las acusaciones, para que en diez días indiquen si ven delito. Después vendrían los escritos de las defensas antes de llegar a juicio. A él no llegarán otros dos investigados (imputados): el montador de la carpa, A. P. P. C. y el técnico municipal de bomberos, R. C. P., contra quienes archiva la causa, ya que solo hicieron su trabajo.

Según refleja el auto, la viga se cayó por la rotura de unos anclajes. A la carpa le faltaban 10 de las aproximadamente 350 piezas de sujección necesarias, y «la excesiva tensión hizo que se desprendieran los remaches del anclaje». Estos componentes habían «ido desapareciendo en los procesos de montaje», en 15 años.

Según repasa Lasala, el propietario de la carpa y la empresa que la gestiona (IDEA), Luis G. S., ordenó el montaje, y el director técnico, el ingeniero Sergio E. F., certificó que aunque faltaban piezas, esto «no afectaba a la seguridad estructural». El jefe de servicio municipal, Enrique A. G., requirió diversa documentación a la empresa y dio su visto bueno, que luego revisó un técnico de incendios. Con todo ello, el jefe de servicio emitió un informe favorable y Cubero autorizó la actividad, «sin examinar, revisar o siquiera leer el expediente».

LEGISLACIÓN / Con estos hechos, el juez recuerda que la Ley de Espectáculos Públicos del 2005 incluye entre los deberes municipales de organización de eventos la seguridad del público, y el decreto del 2014 exige certificar «la solidez de las estructuras». E indica que la Administración resolverá no solo por la documentación, sino como «resultado de las inspecciones» de los recintos. Pero hubo una «asusencia total y grosera de inspección» derivada «de la ignorancia de los responsables municipales» al respecto.

El magistrado considera que los investigados «han interpretado la seguridad» en cuanto a incendios, higiene o exceso de aforo, «pero han minusvalorado la solidez de la estructura, reduciendo la misma a la estabilidad, como si una deficiencia parcial no pudiera afectar a la seguridad», como así pasó.

Por tanto, mantiene encartado al empresario, que montó sabiendo que faltaban piezas; al ingeniero, que no le dio importancia; al jefe de servicio municipal, que dio el visto bueno sin la inspección preceptiva y al concejal que no supervisó el expediente. Por ello, como responsables civiles de la futurible indemnización estarían el ayuntamiento, las empresas de la carpa y el ingeniero, y los seguros.