La magistrada del juzgado contencioso número 4 de Zaragoza ha declarado concluido el procedimiento abierto tras el recurso presentado por el colegio San Antonio de Padua contra la resolución del Servicio Provincial de Educación de Zaragoza que determinaba el número de vacantes que se podían ofertar en este centro concertado el curso 2017-2018.

Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Aragón recuerdan que el pasado 24 de mayo, el Servicio Provincial de Educación de Zaragoza presentó un escrito en el que solicitaba el archivo de las actuaciones por haberse producido la "satisfacción extraprocesal" de las pretensiones de la parte recurrente, ya que al mencionado colegio se le habían renovado las mismas aulas que tenía durante el curso 2016-2017, para Educación Infantil.

Matiza la magistrada en su auto que no se trata tanto de que se haya producido una "satisfacción extraprocesal", sino que el concepto es el de "desaparición sobrevenida del objeto", es decir, que la renovación del concierto educativo se hizo coincidiendo con las pretensiones de la parte demandante, lo que deja sin efecto el objeto de la contienda judicial, y que por eso, sin más trámites, hay que archivar el procedimiento.

La jueza impone las costas del proceso judicial al Gobierno de Aragón con un límite de 700 euros y establece la posibilidad de presentar recurso de apelación en el plazo de quince días.