La magistrada del juzgado Contencioso Administrativo 4 de Zaragoza, encargada de resolver el proceso judicial abierto sobre la municipalización del servicio telefónico 010, ha decidido en un auto dictado esta mañana inadmitir las peticiones realizadas por el Ayuntamiento de Zaragoza.

El consistorio solicitaba en sus escritos la modificación de las medidas cautelares dictadas el 14 de julio de 2017 o que cesara transitoriamente su efectividad.

La magistrada, en su auto, pone de relieve que no resulta posible ni existe procedimiento legal alguno que le permita "anular" o "dejar sin efecto" la resolución cautelar que adoptó de manera definitiva", máxime cuando siguiendo el sistema de recursos establecidos legalmente, dicha resolución ha sido apelada por la defensa del Ayuntamiento.

Por ello, recuerda que el órgano competente en este momento para resolver sobre si la resolución cautelar debe modificarse en su totalidad o en algún extremo, o si no debe modificarse, es de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA de Aragón, por lo que no resulta posible acceder a dichas pretensiones.

En su auto, la magistrada descarta también que se esté ante un nuevo incidente de modificación de medidas por cambio de circunstancias, al entender que no se ha producido dicha variación, ni puede hablarse de "hechos nuevos" a tal efecto.

Por último, mantiene que al estar enjuiciando un acto administrativo dictado por una administración pública es competente para la resolución del asunto y, por lo tanto, también lo es para adoptar las medidas cautelares oportunas en relación con dicho acto, y a los actos que se deriven o sean consecuencia inmediata del mismo.

Esta resolución es apelable ante la Sala de lo Contencioso del TSJ de Aragón.