Los grupos de las Cortes concluyen hoy la reforma del reglamento que regirá el Parlamento. Entre las novedades que presenta el texto, al que ha tenido acceso este EL PERIÓDICO, figura que los exdiputados podrán percibir "una asignación económica de carácter temporal para su adaptación a la vida laboral o profesional". Será incompatible con la percepción de cualquier otro ingreso económico y la cuantía que recibirán, de carácter "temporal", será acordada por la Mesa de la Cámara, oída previamente la Junta de Portavoces.

El nuevo reglamento incorpora este derecho que hasta ahora no estaba regulado. Los diputados, una vez dejan las Cortes, no tienen derecho a la prestación por desempleo. De ahí que ahora el Parlamento regule esta cuestión para dar soporte a los que pierden su condición de representante público. Una modificación en la que todos los grupos han estado de acuerdo.

Las Cortes no tienen reguladas las cotizaciones al desempleo de sus diputados --un caso singular en el ámbito nacional--. Y cuando estos dejan la Cámara no tienen derecho a percibir prestación alguna. A finales de la pasada legislatura se aprobó una resolución en la que se contemplaba la posibilidad de que los exparlamentarios pudiesen solicitar una indemnización por cese, que se recibiría en cuotas o de forma íntegra. Ahora se da un paso más y se regulariza la situación. Aunque sin aportar periodos concretos de tiempo ni cuantías económicas.

SOLO POR SENTENCIA El nuevo reglamento también concreta otras cuestiones como las causas que motivan la pérdida de la condición de diputado. La imputación no será motivo suficiente para perder el escaño. Solo se producirá cuando exista "condena a pena de inhabilitación absoluta o especial para cargo público, establecida en sentencia judicial firme".

También si es condenado por delito, cuando, "siendo firme la sentencia, y previo dictamen motivado de la comisión de Reglamento y Estatuto de los Diputados, el pleno, atendida la gravedad de los hechos y la naturaleza de la pena impuesta, así lo acuerde por mayoría de dos tercios", se explica en el texto.

Se profundiza en la inmunidad e inviolabilidad de los diputados, que durante su mandato "no podrán ser detenidos ni retenidos por los actos delictivos cometidos en el territorio aragonés, sino en caso de flagrante delito, correspondiendo decidir, en todo caso, sobre su inculpación, prisión, procesamiento y juicio al Tribunal Superior de Justicia de Aragón. Fuera de dicho territorio, su responsabilidad penal será exigible, en los mismos términos, ante la sala de lo Penal del Tribunal Supremo".

Uno de los objetivos de la reforma del reglamento es dotar de más transparencia y acceso de los ciudadanos a la Cámara Pero lo cierto es que se avanza poco al respecto. Se le da más peso a la comisión de Peticiones, pero poca cosa más. En el artículo 6 del texto se indica que las Cortes promoverán la participación de los aragoneses en la función legislativa y en el resto de procedimientos parlamentarios. Pese a ello no se establecen nuevas vías, más allá de la web.

Tampoco hay grandes cambios en cuanto a la información que los diputados deberán hacer pública. Hoy se reúnen los grupos para alcanzar un acuerdo al respecto, pero en el borrador actual ya se deja constancia, por ejemplo, de que la declaración de bienes patrimoniales no tendrá carácter público. Sí lo será la de actividades, que podrá constituir causa de incompatibilidad. Es decir, que el reglamento no avanza en la transparencia. A no ser que en la ponencia que se celebra esta manaña los partidos decidan dar un paso más, y modifiquen el artículo 36 del texto que rige el Legislativo.