La violencia de género es un grave problema social que cuenta con cada vez más atención por parte de las autoridades y más concienciación ciudadana. La solución para ella, coinciden los expertos, pasa por la educación y la consecución de la igualdad real entre géneros, pero son cambios profundos que requerirán tiempo. Mientras el trabajo para al menos intentar frenarla recae en gran medida en las fuerzas de seguridad y los tribunales, y tras el filtro de estos, al menos en Aragón, más de la mitad de los procesados acaban libres de cargos.

Así lo reflejan los datos del Consejo General del Poder Judicial correspondientes a los últimos cinco años, en su análisis de la terminación de los procesos, bien por sentencia o bien por auto judicial. El pasado año, por ejemplo -con datos hasta el tercer trimestre-, de los 1.884 casos resueltos en los juzgados de la comunidad, 1.047 (un 55%) terminaron con sentencia absolutoria (58) o con sobreseimiento (989, de los cuales 143 fueron libres, con el caso cerrado).

CONDENAS

Por contra, 252 acabaron con sentencia condenatoria y 585 fueron elevados al órgano competente. Se podrían considerar conjuntamente como casos favorables a la denunciante, ya que si el caso se traslada a otro órgano para su juicio, por ejemplo por ser de suficiente gravedad para que lo atienda un juzgado Penal, y no uno de Instrucción, hay cuando menos visos de que el procesado ha cometido el delito.

El porcentaje de resoluciones favorables para el reo ha ido bajando en los últimos años, ya que en el 2013 y el 2014 alcanzaba el 60% (1.412 de 2.343 resoluciones en el primer año, 1.300 de 2.147 en el segundo), pero siguen siendo más de la mitad los que resultan favorables para el denunciado, contando como tal los sobreseimientos provisionales, casos que pueden reactivarse si hay nuevas pruebas, por ejemplo.

Los datos son los que son, las interpretaciones son libres. Se podrá argumentar que el sistema sigue siendo garantista con el acusado pese a que la ley de violencia de género pretendía dar más protección a la denunciante. Y no faltará quien lo achaque a que no todas las denuncias son reales.

En sentido estricto, lo más parecido a un caso sin fundamento sería el sobreseimiento libre (una causa cerrada durante la instrucción, sin posibilidad de reapertura), y estos son un porcentaje relativamente bajo, de apenas un 7% el año pasado, menos aún en ejercicios anteriores. Además, en esta categoría no solo entra el archivo por falta de pruebas, sino otras categorías como la exención de responsabilidad (por ejemplo por encubrimiento de un familiar cercano).

Pero tan infundado es decir que existe un gran porcentaje de denuncias falsas (lo cual es imposible saber con las estadísticas) como que estas no existen.

En las últimas semanas, sin ir más lejos, dos mujeres han sido condenadas en Zaragoza por este delito. La primera, H. C., denunció a su marido por haberle agarrado del cuello y dado un puñetazo en la nariz, añadiendo además que le tapaba la cara con la almohada y que la tenía encerrada en casa sin móvil ni llaves. La jueza del Penal 7 de Zaragoza le ha impuesto 1.680 euros de multa por denuncia falsa y otros 300 de indemnización por los dos días que su marido pasó en el calabozo. La magistrada considera que denunció «a sabiendas de su falsedad», tras haber amenazado a su marido con ello cuando este le advirtió que no tenía dinero para pagarle la pensión si se divorciaban. La mujer tergiversaba fechas y agresiones y no tenía ninguna señal de agresión.

Otra mujer, P. B., admitió ante el Juzgado de lo Penal 1 que denunció a su expareja «por despecho, por joderlo», y fue condenada a una multa de 1.440 euros por el delito.