Desde la aprobación del texto de la Ley de Aguas del Gobierno de Aragón su contenido ha estado marcado por la polémica. El contenido de los artículos que garantizan la reserva hídrica causó, sobre todo, inquietud en las comunidades que comparten cuencas fluviales con Aragón. La ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina, amenazó el pasado mes de abril con estas consecuencias jurídicas en el caso de que el Gobierno aragonés de Luisa Fernanda Rudi no tomara "medidas voluntarias" para evitar las inquietudes autonómicas. "Es necesario que la normativa regional se adapte a los preceptos constitucionales", afirmó.

El Tribunal Constitucional ha suspendido fundamentalmente el texto por los artículos 1 y 2. El apartado 2 b) regula las "competencias exclusivas" en "la gestión de la reserva de agua de uso exclusivo de los aragoneses establecida en 6.550 hectómetros cúbicos por el Estatuto de Autonomía de Aragón y la legislación y planificación estatal". También habla de exclusividad en "la concesión de los recursos hídricos asignados y reservados por la planificación hidrológica, así como en el régimen de aprovechamiento de las aguas". Estas necesidades también requieren "cautela en la gestión de las aguas y, en particular, en el otorgamiento de concesiones y autorizaciones, buscando la mayor eficacia en el uso racional de la reserva".