Eduardo Lacasta Lanaspa, dirigente del controvertido entramado empresarial de Fincas Atlanta, sumó su primera condena por alzamiento de bienes a cuenta de una deuda de poco más de 33.000 euros con un electricista. La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Zaragoza, Pilar Lahoz, le impuso un año de prisión y 2.160 euros de multa, en una sentencia en la que en cierta forma se adelanta a la resolución sobre el concurso de acreedores de Xarda Tres, una de las principales firmas del holding.

La Fiscalía pidió que el concurso fuera declarado culpable ante las irregularidades detectadas en la empresa, pero la sentencia aún no se conoce. La magistrada del Penal 1 recoge en su fallo sobre el alzamiento de bienes una detallada explicación de los movimientos de la empresa.

La deuda por la que ha sido condenado Lacasta, que tiene varios procesos más pendientes, data del 2008, aunque la reclamación se retrasó tres años, cuando se descubrió que la empresa no tenía otros bienes que un coche con dos anotaciones de embargo. Como administrador único de la empresa, a Lacasta le sustituyó un segundo acusado, Lario González, albañil al que el empresario ofreció ponerse al frente de algunas de sus empresas tras trabajar para él.

Para la jueza, que lo absuelve, queda claro que se trata de un "mero testaferro para ocultar la identidad de quien seguía dirigiendo la sociedad" (Lacasta), ya que pese a figurar como administrador no tenía firma autorizada en las cuentas de la empresa --al menos en esa época-- ni se ocupaba de la contabilidad.

Partiendo de la base de que Lacasta Lanaspa seguía al frente tanto de Xarda Tres como de las empresas con las que hacía negocios --con una serie de movimientos llamativos, sin dejar rastro bancario--, la jueza considera probado que se volatilizaron 264.819 euros de sus cuentas en el 2010.

Según la propia contabilidad del grupo, recibió 371.000 euros en el 2010, pero solo acreditó pagos de 107.180. Si con el resto "hubiera pagado obligaciones suyas, aunque ello hubiera implicado de hecho la extinción de todo su activo sin haber pagado a otros acreedores", no habría delito, señala la magistrada. Pero el hecho es que no consta el destino del dinero, por lo que concluye que "se ocultó este importante patrimonio de la mercantil deudora de forma consciente, por tanto en fraude de los acreedores de Xarda Tres".

Por ello, condena a Lacasta, y como responsables del pago de la multa a Xarda Tres y Ortiga Center 21, la empresa que asumió la dirección de la anterior cuando la dejó el empresario. Aunque él era, también, el dueño de la segunda.