El Tribunal Supremo ha ratificado, diez años después de que comenzasen las compras y expropiaciones (en menor medida) de los terrenos de la Expo, que esas estuvieron mal hechas. El Alto Tribunal avala así la sentencia de diciembre del 2012 del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), que dio la razón al abogado y arquitecto Juan Carlos Urraca en su protesta: los terrenos eran urbanizables pero no urbanizados, como los calificó el Ayuntamiento de Zaragoza con una modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

El Supremo coincide con el TSJA en que los terrenos no tenían los elementos necesarios --de saneamiento, acometidas eléctricas, etc.-- para la calificación que obtuvieron, y que no se podía justificar mediante su adscripción al barrio del Actur, porque por ese principio cualquier terreno podría ser considerado parte de una unidad mayor.

La sentencia desestima los recursos del consistorio y de Expoagua, que pagarán 4.000 euros a medias por las costas. Pero, más allá de la victoria moral del ciudadano, no parece que vaya a tener muchas más consecuencias prácticas. El propio TSJA reconocía en su fallo que el fallo no podía tener trascendencia al haber sido ya edificado el terreno, y el consistorio "regularizó" la situación modificando el PGOU en noviembre del 2013 para ajustarse a las indicaciones del tribunal.

Además de no proceder derribar las instalaciones, la mayoría del terreno fue comprado con acuerdos que, sentencia en mano, fueron beneficiosos para los vendedores (las parcelas eran de menor rango, por tanto más baratas), aunque salieran caros al consistorio. Y un principio legal impide anular este beneficio en transacciones de buena fe, según fuentes jurídicas consultadas.