El cese del conseller de Cultura catalán, Lluís Puig, por la aplicación del artículo 155, y la dimisión de su antecesor, Santi Vila, por estar en contra de la declaración de independencia, podría conllevar la pérdida de aforamiento y, por tanto, que el Tribunal Supremo deje de ser competente en la causa penal que la Fiscalía pidió abrir contra ambos por el litigio de los bienes del Monasterio de Sijena pendientes de devolver a Aragón.

Fuentes de este tribunal consultadas por EL PERIÓDICO reconocieron que será necesario realizar un cónclave en el que se estudie la situación jurídica de ambos exmiembros del Govern de Cataluña. El resultado será presentado, previsiblemente, a través de un auto en el que también se contestará al ministerio público si admite a trámite su querella por un delito de desobediencia contra Vila y Puig al rechazar, hasta en tres ocasiones, el cumplimiento de la orden de la jueza de Huesca de devolución de las piezas.

El encargado de firmar el dictamen con el que se podría abrir esta causa penal, el fiscal Fidel Cadena -que ejerció en Huesca y en el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA)- considera que Santi Vila pudo cometer también un delito de prevaricación ya que dictó una resolución en la que vetaba la posibilidad de disgregar la colección del Museo de Lérida, donde permanecen en depósito las 44 piezas reclamadas desde Aragón.

Asimismo, el ministerio público resaltó que Vila incumplió en mayo del 2016 la orden judicial de elaboración de un plan de transporte y de envío, antes del 25 de julio de ese año, de las piezas reclamadas a Sijena, «primera sede del Archivo de la Corona de Aragón y Panteón Real». «El consejero hizo caso omiso de la orden y no cumplió ni lo uno ni lo otro, sino que mandó, por el contrario, un escrito al juzgado diciendo que no iba a cumplir con la entrega del plan de transporte previo a la entrega». afirmó el representante del ministerio público.

La Fiscalía del Supremo también destacó que este requerimiento se hizo después de que el Tribunal Constitucional rechazara un incidente de ejecución planteado por la Generalitat que pretendía dejar sin efecto la sentencia condenatoria. En el 2016, el juzgado oscense volvió a requerir a Vila para que hiciese la devolución bajo el apercibimiento de multas y de responsabilidades penales.