El Tribunal Constitucional (TC) acaba de tumbar dos preceptos de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Aragón del 2013, al resolver una cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Zaragoza. Según confirmaron fuentes jurídicas, el TC ha avalado que la norma autonómica contraviene la estatal en el acceso de los antiguos auxiliares de policía (figura equiparable a un agente convencional, en municipios sin Cuerpo propio) que la ley eliminaba) a la categoría de policía, haciendo más difícil la promoción. Algo que afecta a pocos agentes en la comunidad, pero que refleja que la ley, según denunciaron repetidamente los sindicatos, fue mal concebida.

La reclamación que ha dado origen a esta decisión la interpuso un auxiliar de policía local de Ateca, que veía cómo, con la norma, no podía seguir ejerciendo sus funciones.

La norma aragonesa, en su disposición transitoria segunda, marcaba que para acceder a la categoría de policía había que tener los estudios requeridos (bachillerato) y superar un curso específico. En el caso de que no se tuviera la formación, el empleado público quedaría relegado a funciones de vigilancia de instalaciones, sin ninguna atribución ni distintivo policial.

Sin embargo, explicaron fuentes judiciales, la legislación estatal marca que en estos casos, basta con tener una experiencia de diez años (que el agente cumplía) para convalidar la necesidad de requisitos nuevos. Por ello, el agente, a través del sindicato CSL y el abogado Clemente Sánchez-Garnica, recurrió.

El letrado cuestionaba la ley por dos motivos: porque invadía la autonomía local en las órdenes y requisitos para crear cuerpos policiales, y porque contravenía la norma estatal. El juez --por entonces, sustituto por vacaciones-- vio un posible vicio de inconstitucionalidad y planteó la cuestión al TC.

Los magistrados, según fuentes judiciales consultadas, no han visto problemas en cuanto a la invasión de competencias municipales, pero sí en el conflicto con la ley estatal, y por tanto derogan los artículos de la ley aragonesa que la contravienen.

El letrado Sánchez-Garnica se mostró ayer "contento" con que les den "la razón", pero no quiso valorar más al no haber tenido aún acceso al fallo. El secretario de Formación y Relaciones Institucionales de CSL, Juan Luis Mendoza, lamentó que todos los informes jurídicos que elaboró el sindicato señalando estos fallos fueran desestimados.

"Ha perjudicado a compañeros y a ayuntamientos, que han tenido que contratar personal", expuso. "Y hay otros artículos pendientes de recursos".