El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por Jesús Pardillos, alcalde por el PAR en Manchones, en la comarca de Daroca, y ha ratificado la condena de nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público. El fallo, que confirma otro de la Audiencia de Zaragoza de mayo del año pasado, lo considera autor de un delito continuado de prevaricación administrativa.

Pardillos deberá abonar además una indemnización de 137.614 euros a los hermanos Alberto y Óscar Badules, que se querellaron contra él y otros dos miembros del consistorio (que resultaron absueltos) por entender que habían puesto cortapisas ilegales para impedir el desarrollo de su negocio, consistente en una granja de pollos que deseaban ampliar.

Según determinó la Audiencia de Zaragoza en en una sentencia que el Supremo ratifica en todos sus extremos, el regidor cometió una serie de irregularidades en la tramitación de los plenos municipales en los que, en el 2008, se decidió no aprobar el proyecto alegando que la instalación aviar no cumplía la distancia mínima respecto de las casas del pueblo.

El Tribunal Supremo deja constancia de que Pardillos mantenía una "enconada conflictividad" con los hermanos Badules, quienes en la Audiencia de Zaragoza aseguraron haberle oído decir que él nunca autorizaría las obras de la granja. En la sentencia emitida por el Supremo, de la que ha sido ponente el magistrado Cándido Conde-Pumpido, se señala que no ha lugar el recurso de casación por quebrantamiento de forma, infracción de ley e infracción de precepto constitucional interpuesto por la defensa legal de Jesús Pardillos. Asimismo se condena al recurrente al pago de las costas ocasionadas en este recurso ante el Tribunal Supremo.

En primera instancia, la Audiencia absolvió a Pardillos de los cargos de tráfico de influencias y falsedad en documento oficial. Además, el tribunal juzgador no tuvo en cuenta las peticiones de cárcel formuladas por la fiscala y la acusación particular, que solicitaron entre seis y ocho años de privación de libertad para el acusado.

PRESCRIPCIONES

El pleito había sido instado por la familia Badules, que alegaba que el alcalde, por "enemistad" hacia ellos, les había puesto trabas continuamente para evitar la ampliación de su granja. El representante legal de la familia Badules, el letrado Miguel Ángel Lanaspa, hizo valer en el juicio ante la Audiencia que sus patrocinados habían recibido el visto bueno del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (Inaga), un dato de gran relevancia del que también se hace eco la sentencia del Tribunal Supremo.

Pardillos, por su parte, argumentó que solo había actuado "en beneficio" de su pueblo. En su opinión, la instalación aviar se hallaba muy cerca de la zona habitada del municipio y representaba un problema por las molestias inherentes a ese tipo de instalaciones, desde ruidos a malos olores, pasando por problemas sanitarios. Pero en la vista oral quedó demostrado que la instalación y sus distintas dependencias, incluida la balsa de purines y la distancia al río, respetaban las prescripciones legales en la materia.