El magistrado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Zaragoza ha dictado una sentencia en la que declara nula la resolución de la Dirección Provincial de Educación que excluía, del proceso de escolarización, un aula de infantil en el colegio La Salle Montemolín.

El juzgador anula la resolución porque considera que vulnera derechos fundamentales reconocidos en los arts. 14 y 27 de la Constitución Española, y condena en costas a la Administración autonómica, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Aragón en una nota de prensa.

Puntualiza el magistrado que "el objeto de este procedimiento no es el concierto, sino las actuaciones administrativas llevadas a cabo en el proceso de escolarización, convocado por Orden del Departamento de Educación de 22 de marzo de 2017".

Concretamente indica que la mencionada actuación administrativa supone una violación del art. 27 de la Constitución, referido a la libertad de elección de enseñanza, a la libertad de creación de centros educativos, y vulnera el principio y derecho a la igualdad al restringir las posibilidades de elección de los padres a optar por el centro educativo.

Argumenta también que la resolución administrativa de la Dirección Provincial de Educación restringió, de forma no motivada y antes de que se resolviera la petición de la renovación del concierto educativo, las posibilidades de elección de los padres a la hora de escolarizar a sus hijos en el Colegio La Salle Montemolín.