El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado paralizar el traslado de los 44 bienes del Monasterio de Sijena (Huesca) medida instada por el Consorcio del Museo de Lleida y la Diputación de Lleida, aunque ha afirmado que este proceso no es "irreversible".

Así lo sostiene la sala quinta de lo contencioso-administrativo del TSJC en sendos autos en los que desestima la medida cautelarísima urgente solicitada por el Museo de Lleida para paralizar el traslado, que se ha empezado a efectuar esta madrugada por orden del juzgado de primera instancia número 1 de Huesca.

En uno de los autos, el TSJC pone de manifiesto que "lo acordado por el orden jurisdiccional civil constituye una ejecución provisional, sujeta en este momento a previsibles recursos de casación", y que el proceso contencioso está aún en trámite, "sin que por ende, el traslado que se pretende paralizar deba ser irreversible".

En sus escritos, fechados el pasado jueves 7 de diciembre, el alto tribunal catalán rechaza adoptar una medida cautelar para paralizar el traslado, que ya se está ejecutado, porque entiende que no le corresponde "la valoración, revisión o control" de resoluciones dictadas por la jurisdicción civil "en el ejercicio de sus funciones"

El TSJC también remarca que el ministerio de Cultura, en virtud del artículo 155 de la Constitución, actuó "en el ejercicio de sus competencias" al expresar formalmente su voluntad de cumplir la orden judicial de traslado, por lo que rechaza que se trate de una "vía de hecho".