En el planeta Agapito también gana la banca. Los responsables del Real Zaragoza SAD han explicado una y otra vez que una de las claves del futuro de la compañía deportiva consiste en fichar por poco dinero a futbolistas con proyección para, unos años más tarde, traspasarlos a un precio elevado una vez revalorizados. Sin embargo, este propósito, incluido en el plan de viabilidad de la empresa, tiene algunos condicionantes para ser materializado.

La Sección Quinta de la Audiencia de Zaragoza acaba de revocar parcialmente una sentencia dictada por la magistrada del Juzgado de lo Mercantil número 2 en uno de los incidentes del concurso de la SAD. Al hacerlo, devuelve a las cajas de ahorro aragonesas --Ibercaja, Caja3 y Bantierra-- el derecho a cobrar el 50% de las cantidades que puedan corresponder a la SAD por "los derechos de traspaso y las cláusulas de rescisión de los jugadores actuales y futuros del Real Zaragoza nacidos con anterioridad a la declaración del concurso".

Privilegio especial

Ese derecho pasa a estar calificado con privilegio especial, con lo que las cajas tienen prioridad sobre cualquier otro acreedor para cobrar de un traspaso que cumpla esas condiciones.

La jueza que instruyó el concurso había aceptado la demanda del Real Zaragoza y había negado a las entidades financieras el derecho a cobrar de esos traspasos, que pasaban a estar únicamente afianzados, como hipoteca, por los terrenos de la Ciudad Deportiva.

Así fue desde el 29 de marzo del 2004, cuando la SAD --controlada entonces por Alfonso Soláns-- contrató con las cajas una hipoteca de ocho millones, hasta el 13 de octubre del 2010, cuando, en plena era Agapito, esta fue objeto de novación.

En ese pacto, ante el escaso valor real atribuible a los terrenos de la Ciudad Deportiva con la burbuja inmobiliaria pinchada, las cajas optaron por tomar en prenda --además de la finca-- los derechos de traspaso para asegurarse el cobro del crédito, cuyos primeros incumplimientos se produjeron poco antes de la declaración de insolvencia.

La compañía deportiva de Agapito Iglesias, que mantiene una deuda de 3.055.227 euros con las tres cajas y otra deuda de 2.036.818 con Bantierra, alegó tras el concurso que cumplir ese acuerdo suponía vulnerar la par conditio, un principio que le obliga a tratar por igual a todos los acreedores a la hora de saldar las deudas.

'Par conditio'

La Audiencia ha dicho que no: que es al revés. "El hecho futuro a que se sujeta la efectividad de la cesión (de los traspasos) no es el pago de las cuotas de amortización del préstamo por el prestatario fuera del concurso, (...) sino precisamente el impago, por lo que la condición no es en modo alguno contraria a derecho", dice el tribunal.

Esa no es la única prenda que pesa sobre los traspasos. El informe de los administradores concursales, que recoge que esa garantía es "ampliable al 100%", recuerda que, en el acuerdo con Hacienda para aplazar el pago de 23 de los millones que le debe, la SAD otorgó a la Agencia Tributaria otra prenda "sobre el 30% de los derechos federativos efectivamente cobrados por el Real Zaragoza en cada temporada por la venta de los jugadores que compongan su plantilla deportiva".

Al cierre de la campaña del 2010, el Zaragoza tenía aplazado el cobro de 26 millones por traspasos. Al año siguiente, después de la declaración del concurso en la primavera del 2011, Pennant se fue al Stoke, Ander al Athletic, Gabi al Atlético, Goni al Cartagena y Laguardia al Las Palmas, estos dos últimos como cedidos.