La abogada general del Tribunal de Justicia de la UE, Julianne Kokott, acaba de recomendar a los jueces europeos que desestimen el recurso de España contra la multa de 19 millones impuesta por el Ecofin (Consejo de ministros de economía y finanzas de la UE) a España por manipular las estadísticas de déficit de la Comunidad Valenciana. Según Kokott, España tergiversó los datos, la Comisión Europea actuó con imparcialidad y el Consejo calculó correctamente el importe de referencia para establecer la multa.

El caso se remonta a marzo del 2012. Según la Comisión Europea, España remitió datos de déficit público que no eran correctos porque no ocultaron un gasto sanitario de 1.900 millones de euros de la Comunidad Valenciana entre 2008 y 2011. Aunque la sindicatura de cuentas autonómica había puesto a las autoridades al tanto de la situación estas no reaccionaron y Bruselas optó por recomendar la imposición de una multa tras considerar los hechos de “negligencia grave”. El Ecofin recogió la demanda y unos meses más tarde imponía una multa de 18,93 millones de euros, la primera a un país por manipular datos.

España presentó un recurso y ahora la abogada general -una especie de fiscal- recomienda desestimarlo también y alega también que correspondería al Tribunal General examinar el caso. Kokott rechaza las alegaciones del Gobierno español de que se vulneró su derecho de defensa porque remitieron información incriminatoria sin que la Comisión les hiciera partícipe de sus sospechas de manipulación. "La función de defensa no engloba el derecho a ser informado de las sospechas con la debida antelación para poder ocultar información de forma calculada a la Comisión", argumenta Kokott.

Además, Kokott rechaza también las alegaciones de violación del principio de buena administración porque considera que la Comisión no ha vulnerado la exigencia de imparcialidad ya que la multa la impuso el Consejo y la recomendación partió del colegio de comisarios y no de los inspectores que realizaron la investigación. Durante el proceso las autoridades españolas negaron que hubieran tergiversado datos ya que los corrigieron a tiempo -España tuvo que revisar al alza las cifras de déficit en cuatro décimas- y no fueron tenidos en cuenta por la Comisión en su procedimiento de supervisión.

La abogada general concluye, sin embargo, que España sí tergiversó "ciertos datos cuando notificó en marzo del 2012 cifras que se basaban en una infracción de las reglas contables" que “por consiguiente no eran correctas”. Es decir, que la corrección era necesaria porque "la Comunidad Valenciana había infringido las normas contables" por un montante de 1.900 millones que supone, añade Kokott, un importe de referencia de casi 100 millones. Una cifra, sostiene, "nada despreciable". Por último, advierte que la Comunidad Valenciana fue la que cometió la negligencia grave pero que esta debe imputarse a España. También concluye que el Consejo calculó correctamente el importe de referencia para calcular la multa. Es decir, de 18.93 millones de euros. Aunque de momento son solo conclusiones, el Tribunal de Justicia suele seguir en la mayoría de los casos las recomendaciones del abogado general.