La pregunta es: ¿en caso de un tipo de interés negativo en mi hipoteca, tendrá que pagarme intereses el banco a mí? Y también: ¿tendré que pagar yo al banco por mis depósitos si los tipos son negativos? Estas cuestiones deberían ser respondidas por el Banco de España, que hasta ahora no ha adoptado una resolución y remite a lo que estipule cada contrato firmado entre banco y cliente. Mientras tanto, todo son opiniones, aunque hay entidades financieras que están empezando a cubrirse las espaldas mediante lo que algunos denominan cláusula cero. Con ese u otro nombre, los bancos están introduciendo fórmulas para que quede claro en los contratos hipotecarios que el cliente no cobrará intereses en caso de que el índice de referencia más el diferencial sean negativos.

Así lo ponen de manifiesto varias entidades bancarias consultada: "Las circunstancias del mercado han cambiado y conviene precisar los términos", destacan. Pero el debate comienza a extenderse incluso fuera del sector. En un artículo publicado en enero en la revista de derecho InDret, el abogado Javier Domínguez Romero, perteneciente a la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, llama la atención sobre "una cláusula que empieza a aparecer en los tipos hipotecarios a tipo variable, como consecuencia de una posible caída del euríbor anual en negativo, contingencia de la que son conscientes los bancos pero no los consumidores", afirma. "Los intereses no podrán ser nunca inferiores a cero", dice una de estas cláusulas. "En ningún caso podrán devengarse intereses a favor de la parte prestataria", dice otra de las citas del abogado.

Según el artículo, en Portugal, el banco central ha emitido una circular donde se indica que en caso de llegar a negativo el tipo de referencia (el euríbor, en España) el banco debería devolver dinero al cliente. "Parece difícil que el Banco de España vaya a seguir esta línea", opina el abogado.

La mayor parte de las hipotecas a tipo variable toman como referencia el euríbor a un año al que aplican un diferencial que, en la actualidad, se sitúa en torno a un punto. Es muy difícil pues que las hipotecas caigan en tipo negativo, aunque sí podría suceder en algunas antiguas para las que llegaron a aplicarse diferenciales por debajo del 0,2%. Y en caso de productos con índices distintos del euríbor, el tipo de interés negativo es ya un hecho --otra cosa es su aplicación-- en préstamos hipotecarios en divisas, tales como los de Bankinter o Barclays Bank (hoy englobada en CaixaBank) en francos suizos referenciados al líbor a un mes y diferencial --positivo-- de medio punto.

PRÉSTAMO A DEVOLVER

"En un préstamo se entiende que hay que devolver el principal más unos intereses, que pueden ser cero. Pero no se entiende que el principal que se va a devolver sea inferior al que se concedió", interpreta Alejando Vidal, director de estrategia de mercados de Banca March, para argumentar contra la hipótesis de que el banco tuviera que remunerar al cliente por su hipoteca.

Fuentes del departamento jurídico de una entidad financiera destacan que no es previsible que, aunque el euríbor sea negativo --algo que ya ocurrió ayer por primera vez en la referencia diaria (-0,002%)--, no es previsible que sumando el diferencial el tipo siga siendo negativo. Pero si lo fuera, "la naturaleza de un contrato de crédito da por entendido que el banco no devolverá dinero al cliente. Se entiende que simplemente dejará de pagar intereses", comentan las fuentes. "De lo contrario, la misma situación podría aplicarse a los depósitos", agregan.

El caso de los depósitos parece distinto. Si el banco cobra un tipo de interés al cliente, este puede optar por guardar el dinero en el colchón. Esta posibilidad no existe para empresas y familias que necesitan la cuenta para gestionar el efectivo.

El euríbor a doce meses cotizó ayer en tasa diaria, por primera vez en su historia, a tipos de interés negativos, del 0,002%, con lo que la media mensual de febrero, tras sólo cinco días de negociación, se situaría en el mínimo histórico del 0,005 %, según los datos de mercado.