La Comisión Europea ha enviado un escrito al Gobierno español en el que le da dos meses para suavizar el sistema de sanciones vinculado al incumplimiento de la obligación de declarar a Haciendael conocido como 'modelo 720', de declaración de bienes en el extranjero. "De no recibirse una respuesta satisfactoria en el plazo de dos meses, la Comisión puede llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea", advierte la Comisión Europea enun comunicado difundido este miércoles.

El Ejecutivo comunitario considera que "España tiene derecho de exigir a sus contribuyentes que notifiquen a las autoridades determinados activos que mantienen en el extranjero" pero interpreta que "las multas impuestas en caso de incumplimiento son desproporcionadas".

SANCIONES "DESPROPORCIONADAS"

El régimen sancionador del modelo 720 puede llevar a acumular multas equivalentes al 120% del valor no declarado. No presentar la declaración conlleva una sanción de 5.000 euros por cada dato no aportado, con un mínimo de 10.000 euros. En la práctica, esto significa que no declarar una cuenta supone una sanción de 20.000 euros; o que omitir un inmueble es penalizado con 25.000 euros. Si se presenta fuera de plazo, la sanción es de 100 euros por dato y un mínimo de 1.500. Al margen de estas sanciones, la norma establece que las rentas derivadas de estos bienes quedarán imputados al ejercicio más antiguo no prescrito -lo que implica que tributarán al tipo marginal del IRPF (o en Sociedades)- y que se aplicará una sanción del 150%.

Según el razonamiento de la CE, "como las multas son mucho más altas que las sanciones aplicadas en un contexto puramente nacional" la regulación del modelo 720 "puede disuadir a las empresas y a los particulares de invertir en el mercado único o desplazarse por él". Esta es la razón por la que el Ejecutivo Comunitario considera que "estas disposiciones son discriminatorias y entran en conflicto con las libertades fundamentales de la UE".

OBLIGADOS A DECLARAR

Están obligados a presentar el modelo 720 los residentes en España que tengan algún tipo de titularidad en cuentas en el extranjeroque sumen más 50.000 euros (aunque su participación en ellas sea mínima), o que tengan valores fuera por esa cantidad, o que, finalmente, posean o participen en bienes inmuebles valorados en ese importe. En realidad son tres obligaciones de declarar distintas, en un mismo modelo, cada una con su propio tope. La obligación no afecta a obras de arte, cajas de seguridad, oro, yates o automóviles.

La primera declaración fue en el 2013. A partir de ahí, solo deben presentar el modelo quienes hayan tenido un incremento superior a 20.000 euros en alguno de los tres compartimentos de la declaración, quienes tengan esos bienes por primera vez, o quienes los cancelen. En su primer año, presentaron esta declaración unos 135.000 contribuyentes. En los dos siguientes, unos 60.000 más. Las cifras quedan muy lejos de los más de 2,6 millones de contribuyentes que, según Gestha, podrían estar obligados a presentar esta declaración.

La presentación de esta declaración aportó a la Agencia Tributaria los indicios definitivos para perseguir el fraude fiscal de contribuyentes como Rodrigo Rato y Jordi Pujol. También sirvió de base para investigar el fraude de los llamados 'Papeles de Panamá'. Desde el 2013 la Agencia Tributaria ha realizado 8.868 actuaciones inspectoras sobre declarantes del ‘modelo 720’ con una deuda instruida total de 1.100 millones de euros, según datos de mayo del 2016.

SATISFACCIÓN DEL DENUNCIANTE

El abogado Alejandro del Campo, del despacho DMS Consulting que en febrero del 2013 denunció el régimen sancionador del modelo 720 ante la Comisión Europea, ha expresado su satisfacción por la decisión de la CE de exigir cambios al Gobierno español. "Denunciamos que no todo vale en la lucha contra el fraude fiscal", afirma Del Campo antes de explicar que "las sanciones previstas en dicha normativa por cualquier incumplimiento de esa obligación, incluso por su presentación fuera de plazo, son devastadoras e incluso confiscatorias". Para este abogado lo más llamativo es que estas deuda no presciben, "al contrario de lo que ocurrecon los delitos de genocidio o terrorismo".

Según los argumentos de DMS Consulting, las sanciones del modelo 720 "pueden literalmente, acabar con grandes defraudadores, pero también con modestos ahorradores despistados, y con muchos extranjeros que han fijado aquí su residencia y mantienen bienes fuera".