La justicia vuelve a dar un nuevo toque de atención al sector financiero por la comercialización de productos tóxicos. Una sentencia del juzgado de primera instancia número 9 de Zaragoza ha condenado a Caixabank a la devolución de 1,07 millones más los intereses a tres hermanos aragoneses que gestionan una pyme familiar, y que la entidad había calificado como ahorradores de perfil conservador. Los afectados, (A. R. P., R. R. P. y J. F. R. P.) adquirieron un producto financiero, denominado Instrumento Autocancelable Cupón Popular 2 años.

El fallo de la jueza declara la anulabilidad «por vicio en el consentimiento» de los contratos suscritos entre la entidad y sus clientes. También destaca la «falta de información precisa y concreta». «El cliente firmó lo que su banco le puso delante, pero merecía algo más de información», destaca la magistrada en el fallo, que señala que el grupo familiar «no buscaba riesgos y confiaba en el personal de la entidad».

Los afectados eran clientes de Caja Navarra (CAN) antes de que CaixaBank la adquiriese. Fue entonces cuando la entidad, dado el volumen de ahorro que tenían los depositantes, recomendó gestionar esos fondos a través del área de Banca Privada y sustituir, a su vencimiento, los ahorros a plazo fijo que tenían suscritos por productos estructurados, apuntó a este diario su abogada, Carmen Esteban.

En el momento de la presentación de la demanda, en octubre del 2014, los afectados habían perdido ya un 77% del valor de su inversión en el producto tóxico, un porcentaje que se ha elevado «prácticamente al 100%» a la finalización del proceso, sostiene Esteban. Cuando vencieron los productos financieros, a los dos años, CaixaBank «les reintegró acciones del Popular a su valor en ese momento (algo más de 200.000 euros frente al millón inicial). Poco después esta última entidad quebró, dejó a los accionistas sin un euro y fue adquirida por el Santander. Por tanto, los clientes aragoneses fueron víctima del proceso de transformación del sistema financiero.