Ni más ni menos que sanciones por unos 200 millones de euros impuestas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) han invalidado en un solo mes los tribunales. Tras las impugnaciones de compañías como Repsol o Telefónica, el organismo presidido por José María Marín Quemada ha visto cómo en los juzgados se cuestionan sus actuaciones en defensa de la libre concurrencia en el mercado. Pero no en última instancia, ya que la mayoría son fallos de la Audiencia Nacional, recurribles ante el Tribunal Supremo, según fuentes del organismo.

Aún así, tras la avalancha de pleitos en los que los demandantes han visto satisfechas todas o parte de sus quejas, la CNMC ha iniciado un proceso de análisis para evitar que esto se vuelva a producir. «También es necesaria la autocrítica y reconocer que se pueden cometer algunos errores», afirman algunas fuentes. En todo caso, destacan desde la institución que, en muchos casos, tienen que modificar la multa impuesta, pero los jueces avalan a grandes rasgos el fondo del expediente, es decir, el motivo por el que se impuso la sanción.

Eso es, de hecho, lo que les sirve para determinar lo que denominan tasa de éxito (cuando se estima en todo o en parte la tesis de la CNMC). Y esta se situó el año pasado en el 75% en la Audiencia Nacional, muy por encima del 40% del ejercicio anterior. En general, «los tribunales están de acuerdo en el 81% de sus sentencias con el fondo de la cuestión que provocó una actuación punitiva contra las empresas», subrayan en la entidad.

Otro hecho que destacan es que en el Supremo, aunque pueda anular o reducir multas, las sentencias aún dan más la razón en el fondo de la cuestión a la CNMC. Según las mismas fuentes, eso pasó en el 92% de los casos el año pasado, en el 88% en el 2015 y en el 71% en el 2014.

También recuerdan que la resolución definitiva de uno de estos expedientes puede durar hasta 10 años. De hecho, el fallo en el que la Audiencia Nacional ha anulado una multa de 120 millones a Movistar, Orange y Vodafone por abuso de posición de dominio en el mercado de los SMS es del 2012. Y ahora aún queda el recurso ante el Tribunal Supremo, cuya resolución puede durar tres o cuatro años más.

El hecho es que las discrepancias entre la CNMC y la Audiencia Nacional van in crescendo. Los expertos, e incluso dentro de la CNMC, echan en falta mecanismos extrajudiciales de resolución de conflictos, lo que reduciría la litigiosidad que deja en el aire muchas de las actuaciones de este organismo supervisor.

De hecho, los tribunales suelen corregir, no tanto el fondo de los expedientes sino la cuantía de las sanciones impuestas. La jurisprudencia sobre el método de cálculo de las sanciones la dictaminó el Supremo en el 2015 y ya está afectando a varias sentencias.

Todo ello pilla además a la CNMC en una situación de incertidumbre ante los planes del Gobierno de eliminar este organismo, como consecuencia del pacto entre el PP y Ciudadanos. Estos planes se incluyen, aunque en términos muy genéricos, también en el programa nacional de reformas remitido en mayo pasado a Bruselas. Se da la circunstancia de que para eliminar la CNMC y sustituirla por dos autoridades independientes, una para Competencia y otra para Regulación, el Gobierno emplea iguales o parecidos argumentos que los que utilizó para crear en el 2013 el organismo que ahora pretende suprimir.