El Juzgado de lo Social número 6 de Zaragoza ha condenado a un empresario de la construcción a abonar 11.976,36 euros a un trabajador inmigrante, de nacionalidad marroquí, que había desarrollado su actividad en la misma sin estar dado de alta en la Seguridad Social, según informó CCOO en un comunicado. En el fallo, queda probado que el empleado prestó servicios para Aragonesa de Construcción 98 con la categoría de oficial de primera desde enero del 2003, formando parte de los equipos de trabajo en las distintas obras, sin haber percibido las retribuciones salariales y extrasalariales entre agosto del 2004 y el 26 de febrero del 2005.

Entre los hechos probados se constata que existió oferta de trabajo que, posteriormente, la empresa no llegó a gestionar ante los servicios públicos de empleo. Según manifestaron desde el sindicato, la compañía se oponía a la pretensión formulada, alegando que éste nunca había prestado servicios para la misma, pero, del examen y valoración de pruebas, se desprendió que la relación laboral que se cuestionaba por la empresa fue cierta y real. En la sentencia se acredita, mediante la prueba testifical, que el trabajador prestó servicio en las distintas obras de la empresa, al menos en el tiempo al que la reclamación salarial se contrae, siendo además y en consecuencia procedente aplicar a su vez la presunción de laboralidad del artículo 8.1 del Estatuto de los Trabajadores.

El trabajador, a través de la Federación de Construcción de CCOO en Aragón, formuló reclamación por impagos y se estimó la demanda íntegramente, que desembocó en la condena a la empresa al abono de 11.976,36 euros al trabajador. Para la federación, esta sentencia es positiva porque pone de manifiesto una realidad latente en el sector de la construcción, donde, a pesar del proceso de regularización de trabajadores extranjeros, se siguen utilizando prácticas ilegales e inadmisibles como es la utilización, por parte de algunas empresas, de trabajadores en circunstancias de fraude, sin dar de alta y remunerándoles con salarios por debajo de convenio.