Hoy comienza el plazo para confirmar el borrador de renta que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) está ya enviando a los contribuyentes que lo han solicitado. Hasta el momento se han enviado 1,2 millones de borradores y han sido solicitados más de 14 millones. En un comunicado, la Agencia Tributaria informó de que el contribuyente, después de revisar el borrador, lo puede completar o rectificar antes de confirmarlo, lo que supone la presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

El plazo de confirmación de borrador concluye el 30 de junio (último día de campaña), salvo si el resultado es a ingresar y se domicilia el pago, en cuyo caso, el plazo acaba el 23 de junio. Hasta el 30 de marzo, la Agencia Tributaria había recibido 14.218.982 peticiones de borradores de renta, lo que representa un incremento del 33,7% respecto al mismo periodo del año pasado. De ellos, 13.874.320 fueron solicitados con la presentación del IRPF del año anterior, y otros 344.662 han sido solicitados este mes.

La Agencia Tributaria prevé que a mediados de mayo se haya enviado casi todos los borradores y datos fiscales solicitados hasta esa fecha. Existen varias vías para confirmar el borrador según sea el resultado a devolver o a ingresar y si se domicilia o no el pago. Domiciliar el pago significa que se puede presentar la declaración de la renta o confirmar el borrador del IRPF cualquier día, pero que el pago no se hará efectivo hasta el 30 de junio, último día de la campaña. La domiciliación no impide seguir fraccionando en dos plazos el pago del impuesto (el segundo plazo se paga el 5 de noviembre).

LOS DATOS NECESARIOS En el momento de confirmar el borrador, el contribuyente necesitará algunos datos como el NIF, el número de cuenta corriente, el número de referencia del borrador (aparece en la carta que acompaña al borrador) y el número de justificante (es el que aparece en el documento de ingreso o devolución).

Para confirmar el borrador por internet no es necesario el certificado de firma electrónica, salvo si se va a pagar en ese momento. Se puede confirmar el borrador por internet (www.agenciatributaria.es), por teléfono (servicio automático, 901 121 224, si es a devolver), por SMS (mensaje al 5025, si es a devolver), por teléfono (operador, 901 200 345, de 9.00 a 21.00 horas, de lunes a viernes, si es a devolver y a ingresar si se domicilia el pago). También por banca electrónica y banca telefónica, en cajeros automáticos de las entidades financieras que presten este servicio, en las oficinas de las entidades financieras colaboradoras.

Además, se puede confirmar el borrador personalmente, en las oficinas de la Agencia Tributaria o en las habilitadas por las comunidades autónomas (a devolver y a ingresar, domiciliando el pago).

El borrador y los datos fiscales se pueden solicitar hasta el 23 de junio. Una vez recibido el borrador, el contribuyente deberá revisar los datos que aparecen y, si está de acuerdo, basta que lo confirme para que su declaración quede presentada. Si considera que falta algún dato y quiere completar el borrador o modificar alguno de los que aparecen, debe hacerlo antes de confirmarlo, indicó la Agencia Tributaria.