En el sistema en el que vivimos, el trabajo es considerado como una mercancía más, que a algunos les gustaría fuera sometido de forma pura a las leyes de la oferta y la demanda, sin interferencias cuando la oferta de mano de obra es numerosa y la demanda escasa. Las cosas cambian cuando el fenómeno es a la inversa. Entonces presionan para que el Estado intervenga, moderando los costes laborales, si es preciso a costa de boletín oficial.

Pero en el mercado laboral las cosas son más complejas. Porque no hablamos de mercancías, sino de personas. Y las personas aspiramos a que una parte de la riqueza que crean sirva para llevar una vida digna. Queremos que nuestros hijos crezcan sanos, se formen y tengan un empleo que les permita un porvenir amable. Que los nuestros más vulnerables no tengan incertidumbres y cuenten con un sistema de pensiones y protección social que se lo garantice.

Los trabajadores y trabajadoras solo tenemos nuestras manos y nuestra cabeza para ganarnos la vida. Sin embargo, esas cabezas y esas manos son imprescindibles para la generación de la riqueza, que luego se distribuye de forma desigual. Las reformas laborales, los recortes sociales, han agudizado esa injusta distribución de la riqueza.

EL DERECHO a movilizarnos, a protestar, a hacer huelgas es imprescindible para reequilibrar las relaciones laborales, para un mejor reparto de la riqueza, de los impuestos y cotizaciones que de la misma se deriva. La construcción de sociedades democráticas, de estados sociales que generen factores compensatorios de las desigualdades, no se puede entender sin libertades y derechos básicos y efectivos como el de huelga. Un último recurso en los conflictos que siempre es difícil de ejercer.

Por eso el derecho de huelga cuenta con reconocimiento y protección en la legislación internacional y en las constituciones de muchos países. En los países autoritarios, en las dictaduras, se le pone serias trabas o simplemente se prohíbe. Se pretende así proteger a las élites detentadoras de poder económico y político.

En nuestro país, ni en la larga noche de la dictadura franquista, consiguieron acabar con las movilizaciones y las huelgas. Pero se llevaron a cabo con mucho sacrificio. Se pagaron con despidos arbitrarios, con dificultades para volver a encontrar empleo, con cárcel, exilios- en algunos casos hasta con la vida.

A pesar de las dificultades y de las resistencias, las movilizaciones y huelgas de los trabajadores, entonces ilegales, fueron determinantes para resquebrajar el régimen, para la ampliación de las libertades, para la reinstauración de la democracia. Tras varias décadas de un ejercicio normalizado del derecho de huelga, en un desconcertante viaje al pasado, nos vemos en la necesidad de defender un derecho elemental, protegido por la Constitución.

DESDE LA ÚLTIMA última legislatura del gobierno del PP se está haciendo una utilización dura y desproporcionada del artículo 315.3 del Código Penal. La participación en piquetes informativos no es un delito, es un derecho reconocido en nuestra legislación, y es totalmente injustificado que de la identificación de las personas que formen parte de los mismos se derive el riesgo de ser imputados. Sin embargo, son cientos los trabajadores y trabajadoras que se hallan incursos en procesos judiciales. En algunos casos los fiscales están pidiendo penas de cárcel.

En el caso de los compañeros de Airbus, la fiscalía pide ocho años y tres meses de cárcel para cada uno de ellos. Las presiones que conculcan el derecho a la huelga se producen demasiado a menudo, dentro de las empresas, no en los piquetes informativos.

Las agresiones al derecho a la huelga, a través de su criminalización, no son fruto de la casualidad. Se están produciendo a la par que se atenta de forma inmisericorde contra los derechos de los trabajadores, buscando la precarización de las relaciones laborales y la drástica reducción de costes salariales. La limitación de las libertades y el encausamiento de sindicalistas se utilizan para intentar limitar la respuesta a las políticas antisociales. Y para eso se juega con la vida y la dignidad de personas trabajadoras, pacíficas, honradas y luchadoras.

Este despropósito no debe continuar por más tiempo. El artículo 315.5 del Código Penal tiene que ser derogado y mientras, los cargos contra todos los encausados bajo su cobijo, deben ser retirados. Todas las personas que ya han sido condenadas, es de justicia que sean amnistiadas. Quién nos iba a decir que casi cuarenta años después tendríamos que volver a clamar por el derecho efectivo a la huelga.