Los bancos tendrán más difícil iniciar los trámites para ejecutar las hipotecas en caso de impago y proceder al desahucio de su cliente. El ministro de Economía, Luis de Guindos, anunció ayer que el Gobierno va a endurecer las condiciones para que las entidades puedan declarar el vencimiento anticipado del crédito por incumplimiento del hipotecado. Se trata del paso previo para exigir al deudor el pago total de la deuda pendiente y, en caso de no abonarse, iniciar el proceso de ejecución, alzamiento y desahucio.

El Ejecutivo ya modificó la normativa en el 2013, elevando de una a tres cuotas impagadas el mínimo a partir del cuál el banco puede instar la declaración de vencimiento anticipado. Ahora, dentro de la reforma de la ley hipotecaria que prepara para adaptarla a una directiva comunitaria del 2014, va a hacer que los impagos tengan que superar un porcentaje de la deuda pendiente de pago. Economía no quiso especificar qué nivel será, pero aseguró que el cambio busca proteger más a los hipotecados.

En un acto de la APIE, Guindos subrayó que, en cualquier caso, el hecho de que superado ese nuevo listón ya sea posible el vencimiento anticipado «no significa que haya después una ejecución hipotecaria anticipada». Los bancos, de hecho, muchas veces no inician los trámites inmediatamente después de haber registrado tres cuotas impagadas, sino que tratan de negociar con el cliente porque les suele interesar más que siga pagando, aunque sea menos pero durante más años, que tener que apuntarse el crédito como moroso.

El ministro aseguró que los cambios que prepara van a incrementar «muchísimo» la transparencia de los contratos hipotecarios. Entre otras medidas ya anunciadas, recordó que planea fijar cuáles son los intereses de demora; elaborar un contrato «estándar, simple y transparente» cuyo uso sea voluntario para los bancos; ofrecer a los registradores y notarios una lista de cláusulas ilegales para que no se incluyan en los contratos; y elevar la transparencia en la venta de productos vinculados al crédito.