El Ministerio Fiscal eleva el perjuicio económico causado por el exdirector general de CAI Tomás García Montes y por Ramón Marrero y Javier Alfaro --dos socios de la entidad en negocios inmobiliarios desarrollados en el centro y sur de España-- a más de 13,8 millones de euros, según consta en un escrito remitido al Juzgado de Instrucción número 4 de Zaragoza por la Fiscal, Pilar Avellanas, al que ha tenido acceso este diario.

Según apunta la Fiscalía, la prueba pericial realizada eleva el quebranto a la entidad aragonesa en más de 1,2 millones de euros, ya que anteriormente se había establecido un perjuicio de 12,6 millones, derivados de la realización de viajes a cargo de la caja, la adquisición de viviendas a precios ventajosos y la reestructuración de negocios suscritos entre CAI y Ramón Marrero en Andalucía.

En este sentido, la Fiscalía recuerda a la jueza que instruye el caso que CAI "fue rescatada en parte con dinero público", ya que el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB)destinó ayudas a Caja3 --integrada por CAI, Caja Círculo de Burgos y Caja Badajoz-- por valor de 407 millones de euros .

RECURSO

En el mismo escrito, la Fiscalía también reclama a la jueza del Caso Montes que "continúe y complete" la instrucción, y que se tome declaración a las esposas de los imputados, Ángeles Álvarez González y Carmen Pastor Cantero, con el objetivo de que se resuelva sobre el sobreseimiento o imputación de las mismas. En este sentido, el Ministerio Fiscal interpone un recurso de reforma y subsidiario de apelación contra el auto del 17 de noviembre del 2014, en el que se daba vía libre a la apertura del juicio oral.

De este forma, la Fiscalía no se opone al recurso presentado por el abogado de Marrero, en el que se solicitaba a la jueza que concluyera la instrucción con las pruebas que pidió la defensa en su día. Entre ellas, aludía al testimonio de varios de los máximos responsables de la entidad (expresidentes y exdirectores generales) y promotores inmobiliarios. La defensa de Marrero señaló al respecto que el auto generó "indefensión", por lo que es "nulo de pleno derecho".