Los Núñez tendrán que volver a prisión, si la Audiencia de Barcelona no dicta lo contrario. El juez de vigilancia penitenciaria ha revocado el régimen abierto que la Dirección General de Servicios Penitenciarios otorgó el pasado mes de diciembre al expresidente del Fútbol Club Barcelona Josep Lluís Núñez Clemente y su hijo Josep Lluís Núñez Navarro, condenados a dos años y dos meses por el caso Hacienda. En sendos autos que responden al recurso presentado por la fiscalía, el juez considera injustificada la decisión de conceder el tercer grado a los dos reclusos, que estaban ingresados en la prisión de Cuatro Caminos desde el 16 de noviembre del 2014, pero pudieron abandonarla el 24 de diciembre al beneficiarse del tercer grado penitenciario por el que solo debía acudir a la prisión a dormir.

Los Núñez tienen tres días pare recurrir el auto del juez. Fuentes de la defensa destacaron ayer que estudian presentar el recurso, por lo que, en principio, no deberán ingresar en prisión hasta que la Audiencia ratifiquen o no los argumentos de titular del juzgado de vigilancia penitenciaria número 6 , quien considera que la concesión del tercer grado, en síntesis es "prematura" porque no se ha logrado la "concienciación" del penado sobre sus actos ni existe demostración alguna de "arrepentimiento" por el daño causado.

En ambos autos se destaca que el interno cumple una condena de dos años y dos meses de prisión por un delito continuado de soborno activo, con la concurrencia de la atenuante de dilaciones indebidas que se inició el 16 de noviembre del 2014, por lo que la cuarta parte de la sentencia no se cumplirá hasta el 25 de febrero del 2015 y podrán licenciarse definitivamente el 26 de marzo del 2016.

El juez afirma que en el momento en que se adoptó la decisión, el 23 de diciembre pasado, llevaban poco más de un mes ingresados en el centro penitenciario, "sin que el tratamiento hubiera podido desplegar todavía su eficacia". Reconoce el auto que se trata del primer delito por el que han sido condenados los Núñez, pero se trata de "un delito continuado de soborno", conducta calificada de "extrema gravedad" y, por tanto, deben ser objeto de "importante reproche".