La Audiencia de Álava acaba de ratificar la sentencia que obligaba al banco vasco Kutxabank a eliminar la comisión que cobra a sus clientes cuando sus cuentas se quedan en «números rojos» o cuando se retrasan con los pagos de los créditos, lo que se denomina el aviso de descubierto. Esta resolución es la primera de esas características en España, según la Asociación de Personas Usuarias y Consumidoras Vasca (EKA/ACUV), promotora de la acción contra el banco vasco, que también anunció que iba a llevar a los tribunales a todas las entidades financieras que continúen cobrando estas comisiones.

Ahora la sentencia ha sido ratificada por la Audiencia de Álava, aunque todavía no es firme porque Kutxabank ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo. La sección primera de la Audiencia alavesa ha confirmado la resolución que el pasado junio dictó el juzgado de lo Mercantil 1 de Vitoria que obligaba a dicha entidad a dejar de cobrar en todas sus oficinas y a todos sus clientes la comisión de 30 euros.

El juzgado ordenó a la entidad financiera que dejase de cobrar en todas sus oficinas y a todos sus clientes la «comisión por reclamación de posiciones deudoras, vencidas o descubiertos» en los contratos de operaciones de crédito y en los de cuentas corrientes, tanto en los que firme en adelante como en los que Kutxabank tiene en vigor.

La sentencia advierte al banco de que si no deja de cobrar esa comisión se le impondría una multa de 1.000 euros diarios. Ese fallo fue recurrido por Kutxabank ante la Audiencia de Álava, que en una sentencia dictada el pasado 30 de diciembre ha dado de nuevo la razón a EKA/ACUV.

El banco vasco ha argumentado que cobra esa comisión porque ofrece un «servicio», ya que avisa al cliente de que está en «números rojos» o no ha abonado el crédito, condición que establece el Banco de España para reclamar una cantidad.